SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 55302 del 08-05-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842166104

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 55302 del 08-05-2019

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de sentenciaSTL6154-2019
Número de expedienteT 55302
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Fecha08 Mayo 2019


RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

Magistrado ponente


STL6154-2019

Radicación n.° 55302

Acta 16


Bogotá, D. C., ocho (8) de mayo de dos mil diecinueve (2019).


La Sala resuelve la acción de tutela que instauró JOSÉ ÉDGAR BETANCOURT contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, trámite al cual se vincularon las partes e intervinientes en el proceso ordinario laboral con radicación número 11001310500720170060800 y el JUZGADO SÉPTIMO LABORAL DEL CIRCUITO de esa misma ciudad.


I. ANTECEDENTES


El accionante instauró el presente mecanismo constitucional, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y seguridad social, los cuales, en su parecer, fueron transgredidos por la autoridad judicial accionada, durante el trámite del proceso ordinario laboral número 11001310500720170060800, que promovió contra Colpensiones.


Como fundamento de su solicitud, afirmó que la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, le negó el reconocimiento y pago del incremento pensional del 14%, por persona a cargo.


Indicó que, por lo anterior, presentó demanda ordinaria laboral contra Colpensiones, con el fin de que se condenara al reconocimiento y pago de la citada prestación; que la demanda fue asignada al Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Bogotá, despacho que accedió a las pretensiones de la demanda.

Señaló que la demandada interpuso recurso de apelación; que la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, revocó la decisión de primer grado, el 20 de noviembre de 2018, al considerar que había operado la prescripción del concepto reclamado.


Argumentó que la Sala accionada pasó por alto los precedentes jurisprudenciales proferidos por esta Corporación, entre ellos, la sentencia CSJ SL, 19 jul. 2006, rad. 29531, que adoctrina que los incrementos previstos en el Decreto 758 de 1990 son aplicables a los beneficiarios del régimen de transición, y de la Corte Constitucional refirió la sentencia CC T-217- 2013, en cuanto indica que la prescripción opera sobre las mesadas pensionales y no sobre el derecho.


Con fundamento en lo expuesto, solicitó la protección de sus derechos fundamentales y pidió que, en consecuencia, se revocaran los fallos proferidos por la Sala Laboral del Distrito Judicial de Bogota dentro del proceso 11001310500720170060801 y el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Bogotá y, en su lugar, se accediera a las pretensiones de la demanda inicial (folios 1 a 9).


La acción constitucional que se instauró en los términos precedentes fue admitida mediante auto de fecha 26 de abril de 2019 y se corrió traslado a las autoridades judiciales accionadas, para que ejercieran su derecho de defensa, al tiempo que se vinculó, para los mismos efectos, a Colpensiones y a todas las demás partes e intervinientes en el juicio ordinario laboral que originó la queja.


Durante el término de traslado correspondiente, Colpensiones allegó escrito legible a folios 21 a 23, mediante el cual solicitó que se declarara improcedente la acción impetrada, toda vez que no se ha materializado ningún vicio, defecto o vulneración de derechos fundamentales.

Por su parte, el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de esta ciudad remitió, en calidad de préstamo, el expediente, contentivo del proceso respecto del cual se reclama amparo constitucional, 11001310500720170060800. La autoridad accionada guardó silencio.




II. CONSIDERACIONES


La acción de tutela es un mecanismo sumario y preferente, dirigido a proteger de forma efectiva los derechos fundamentales, cuando quiera que éstos se vean amenazados o vulnerados por la acción u omisión de una autoridad pública y, en ciertos eventos, por los particulares.


En este caso, el actor cuestiona la decisión adoptada por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, el 20 de noviembre de 2018, al considerar que, al declarar la prescripción de los incrementos pensionales por persona a cargo, desconoció los pronunciamientos que la Corte Constitucional ha emitido sobre la materia, presupuestos que, de haber sido tomados en cuenta, habrían llevado a concluir que sobre los incrementos solo operaba la prescripción parcial.


En ese orden y bajo el entendido de que la acción de tutela procede, excepcionalmente, contra providencias judiciales, en los casos en los que se acredita que el contenido de estas ha transgredido derechos fundamentales debido a su arbitrariedad y alejamiento del ordenamiento jurídico, la Sala procede a analizar el proveído objeto de reproche, con el fin de establecer si, en este...

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