SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 82855 del 13-11-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842193647

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 82855 del 13-11-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha13 Noviembre 2019
Número de expedienteT 82855
Tribunal de OrigenCORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL15734-2019
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA




CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

Magistrada ponente


STL15734-2019

Radicación n.° 82855

Acta n.º 41


Bogotá, D. C., trece (13) de noviembre de dos mil diecinueve (2019).


La Sala resuelve la impugnación que interpuso MARÍA D.C.B.P. en nombre propio y en representación del menor K.A.A.B. contra el fallo proferido el 3 de diciembre de 2018 por la SALA CIVIL de esta Corporación, dentro de la acción de tutela que adelanta la recurrente contra la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA y el JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE CÁQUEZA, trámite al cual fueron vinculadas TRANSPORTE DE LOGÍSTICA ANDINA - TRANSLOGA S.A., SULFOQUIMICA S.A., J. y JAIRO ALONSO SERRANO PARDO, así como las partes e intervinientes dentro del proceso identificado con el radicado n.º 2015-00116.


  1. ANTECEDENTES


MARÍA D.C.B.P. en nombre propio y en representación del menor K.A.A.B. instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO, IGUALDAD y al que denominó «PRIMACÍA DE LOS DERECHOS DE LOS MENORES», presuntamente vulnerados por las autoridades convocadas.



En lo que interesa al presente trámite constitucional, refirió la promotora que el 1.º de agosto de 2013 su compañero permanente, A.A.M., falleció en un accidente de tránsito en el que se vio involucrado un automotor de propiedad de J.A. y J.S.P., el cual fue contratado por la empresa Transporte de Logística Andina S.A. - Transloga S.A. para movilizar una carga de «sulfato ferroso» perteneciente a la sociedad Sulfoquimica S.A.


Manifestó que debido a lo anterior, promovió, a nombre propio y en representación de su hijo menor, demanda de responsabilidad civil extracontractual en el Juzgado Civil del Circuito de Cáqueza, autoridad que llevó a cabo la audiencia de que trata el artículo 101 del Código de Procedimiento Civil – vigente para aquel momento-, oportunidad en la que la hoy tutelante desistió del demandado J.S.P. y, a su vez, concilió con J.A.S. los perjuicios reclamados en la suma de $27.000.000.


Adujo que el 29 de febrero de 2016, el despacho de conocimiento profirió sentencia a través de la cual desestimó las pretensiones invocadas por falta de legitimación de las empresas convocadas, decisión que la hoy promotora apeló ante la Sala Civil – Familia del Tribunal Superior de Cundinamarca, Colegiado que en fallo de 15 de noviembre de 2017 revocó la condena en costas y confirmó en lo demás, al advertir, entre otras cosas, que i) Basabe Pérez debió indicar en la conciliación «su intención de proseguir la actuación frente a las demás convocados», y que ii) el expediente carece de medio de convicción alguno que dé cuenta que entre el propietario del camión y Transloga S.A. existió «un contrato de afiliación o vinculación» en los términos de los Decretos 173 de 2001 y 1079 de 2015.


Refirió que interpuso recurso de casación, pero el ad quem lo negó en auto de 19 de diciembre de 2017 por falta de interés jurídico para ello, decisión que la accionante recurrió en queja ante la homóloga Civil, M. que el 28...

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