SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 54176 del 13-02-2019
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de sentencia | STL2502-2019 |
Fecha | 13 Febrero 2019 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Número de expediente | T 54176 |
JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN
Magistrado ponente
STL2502-2019
Radicación n.° 54176
Acta n.° 5
Bogotá, D.C., trece (13) de febrero de dos mil diecinueve (2019).
Procede la Sala a pronunciarse, en primera instancia, respecto de la acción de tutela presentada por YANETH ESTHER AGUDELO SANJUÁN contra la SALA CIVIL FAMILIA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA y el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad.
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ANTECEDENTES
Yaneth Esther Agudelo Sanjuán, por medio de apoderado judicial instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de su derecho fundamental al debido proceso, presuntamente vulnerado por las autoridades judiciales accionadas.
Refiere la accionante que el señor E.M.R. interpuso demanda ejecutiva laboral en su contra y de la Ganadería y Agropecuaria Rancho Beser EU, ante el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Neiva; que en auto del 7 de abril de 2011, libró mandamiento de pago y ordenó como medida cautelar el embargo y secuestro de un bien de la accionante ubicado en la ciudad de Barranquilla; que posteriormente, en providencia del 9 de agosto de 2011 se decretó la nulidad de todo lo actuado a partir de febrero de ese año; que el apoderado del ejecutante solicitó nuevamente el embargo y secuestro de dicho bien; que en proveído del 31 de agosto de 2011, el juez libró orden de pago y dictó la medida cautelar; que el 9 de febrero de 2016, pidió el levantamiento del embargo, y no fue decretada; que interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación, los cuales fueron negados; que formuló el de queja, y el tribunal ordenó conceder la alzada frente al proveído del 4 de marzo de 2016; que dicho ente colegiado en providencia del 26 de febrero de 2018, confirmó lo decidido por el a quo.
Con base en lo expuesto, demanda «[…] amparar y tutelar el derecho fundamental al debido proceso […], el cual fue vulnerado por la actuación procesal del JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE NEIVA y el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA, SALA CIVIL FAMILIA LABORAL, con ocasión de la expedición del auto de fecha 15 de febrero de 2016 por el cual el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Neiva negó la solicitud de desembargo del bien inmueble con matrícula inmobiliaria No. 040243310, auto de fecha 4 de marzo de 2016 en donde el despacho resuelve el recurso de reposición interpuesto contra dicho auto de fecha 15 de febrero de 2016,...
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