SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 105149 del 18-06-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842218598

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 105149 del 18-06-2019

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha18 Junio 2019
Número de sentenciaSTP8195-2019
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 105149


SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N.° 2



LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente


STP8195-2019

Radicación n.° 105149

Acta 152



Bogotá, D. C., dieciocho (18) de junio de dos mil diecinueve (2019).


VISTOS:


Resuelve la Sala la acción de tutela instaurada por la apoderada judicial de CONSORCIO DE ATENCIÓN EN SALUD PPL2017 en procura del amparo de los derechos fundamentales de su representada, presuntamente vulnerados por la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Popayán y el Juzgado 2º Penal del Circuito de la misma ciudad con Función de Conocimiento.


Al trámite fueron vinculados el ciudadano J.C.V., EPS SURA y la Dirección del EPCAMS San Isidro de Popayán, así como a las partes e intervinientes del trámite constitucional descrito en la demanda.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


El 8 de enero de 2019, Jonnathan Cossio Vasco sufrió un accidente al interior de su celda que le causó una afección en las costillas la cual le impide respirar, toser y, además, le imposibilita conciliar el sueño. En tal virtud, el 17 de enero siguiente, el médico asignado al EPCAMS San Isidro de Popayán, le diagnosticó «trauma costal y faringitis» y, por ello, le ordenó algunos medicamentos que no fueron suministrados por el área de sanidad de ese establecimiento carcelario, al parecer porque está afiliado al régimen contributivo del Sistema General de Salud a través de la EPS Sura.



Con el propósito de obtener un tratamiento integral para sus problemas de salud, promovió una acción de tutela que fue conocida en primera instancia por el Juzgado 2º Penal del Circuito de Popayán con Función de Conocimiento autoridad que en fallo del 5 de febrero de 2019, amparó los derechos fundamentales a la salud, vida y dignidad humana del accionante. En consecuencia, dispuso la entrega de los medicamentos prescritos en la historia clínica emanada del INPEC así como el tratamiento integral respecto del manejo de las patologías «trauma costal y faringitis».



Tras ser impugnada esa determinación, en proveído del 15 de marzo siguiente, el Tribunal Superior de Popayán Sala Constitucional revocó parcialmente la decisión en el sentido de modificar el numeral segundo y, dispuso, «ordenar al Consorcio FONDO DE ATENCIÓN EN SALUD PPL 2017, al Director del EPCAMS San Isidro -Área de Sanidad- y a la EPS Medicina Prepagada Sura que de manera coordinada dentro del marco de sus competencias legales y contractuales y en el término de...

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