SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº t 58212 del 11-12-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842220845

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº t 58212 del 11-12-2019

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de sentenciaSTL17461-2019
Número de expedientet 58212
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Fecha11 Diciembre 2019
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN

Magistrado ponente


STL17461-2019

Radicación n.° 58212

Acta 45


Bogotá, D. C., once (11) de diciembre de dos mil diecinueve (2019).


Procede la Sala a pronunciarse, en primera instancia, respecto de la demanda de tutela presentada por el representante legal de LITOPLAS S.A., contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA y el JUZGADO OCTAVO LABORAL DEL CIRCUITO de esa ciudad.


  1. ANTECEDENTES


Refiere el representante de la sociedad accionante que el 3 de marzo de 2012, varios de sus empleados fundaron el Sindicato de Trabajadores y Empleados de la Flexografía y Plásticos de la Costa (SINTRALITOPLAS); que el 27 de enero de 2013, varios de los afiliados a dicho sindicato, entre ellos el señor E.G., crearon las organizaciones también de base denominadas SINTRAFLEX y SINTRAPLAS que, posteriormente, fueron liquidadas y disueltas por orden judicial.


Que se presentó demanda especial de fuero sindical –acción de levantamiento- en contra de E.G., radicada con el n.º 2017-00328, por existir justa causa para su despido, consistente en el «abuso del derecho de asociación sindical […] al haber incurrido en una creación sucesiva de organizaciones sindicales o “carrusel de sindicatos”».


Que como prueba de la referida causal imputable al demandado se tiene que: «(i) es miembro activo de Sintralitoplas sindicato tradicional de la compañía y miembro de la junta directiva bajo el cargo de fiscal; (ii) fundó la Subdirectiva Barranquilla de SINANINAL; (iii) es miembro activo de SINANINAL; (iv) junto con otros miembros de la compañía, también fundó SINTRAFLEX y SINTRAPLAS el mismo día, sindicatos que fueron declarados ilegales; (v) fue miembro activo de SINTRAFLEX hasta antes que el mismo fuera disuelto por orden judicial; y (vi) asumió el cargo de tesorero en la junta directiva de este sindicato ilegal».


Que la demanda correspondió al Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Barranquilla, el que por sentencia del 14 de noviembre de 2018 desestimó sus pretensiones tras estimar que la causal invocada «no se encontraba enmarcada dentro de las señaladas por el artículo 410 de CST», sumado a que concluyó que no se había demostrado el abuso del derecho de asociación sindical y que la decisión de disolución de S. no se hacía extensiva al trabajador.


Que la anterior decisión fue confirmada el 23 de mayo de 2019, por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Barranquilla, con el argumento de que «el material probatorio allegado no demostró el abuso del derecho por parte del demandado en razón a la creación de varios sindicatos, ni el incumplimiento a sus obligaciones laborales».


Alega que Litoplas S.A., «sí demostró el abuso del derecho de asociación sindical en que incurrió el actor, y ello quedaba a todas luces claro con el simple análisis de las pruebas allegadas al proceso ordinario(sic), como lo fue el expediente contentivo del procedimiento disciplinario adelantado en contra del demandado, o la decisión judicial por medio de la cual se ordenó la disolución de Sintraflex, en la que el despacho a cargo reconoció que la creación de esa organización había sido únicamente para crear más fueros».


Que tanto la providencia del juzgado como del tribunal adolecen de «defecto fáctico por indebida valoración del material probatorio, defecto material y desconocimiento del precedente jurisprudencial», primero, porque no se apreció que por sentencia del 16 de mayo de 2016, el Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Barranquilla ordenó la disolución, liquidación y cancelación de la inscripción del registro sindical de SINTRAFLEX, por cuanto el fin de su creación fue «el extender la garantía foral consagrada en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR