SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 103785 del 30-04-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842235650

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 103785 del 30-04-2019

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha30 Abril 2019
Número de sentenciaSTP5552-2019
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bucaramanga
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 103785

JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

Magistrado Ponente

STP5552-2019

Radicación n.° 103785

(Aprobación Acta No. 102)

Bogotá D.C., treinta (30) de abril de dos mil diecinueve (2019)

VISTOS

Decide la Sala el recurso de impugnación interpuesto por el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito de B., contra el fallo de tutela proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de B. el 26 de febrero de 2019, mediante el cual concedió el amparo invocado por F.G.H..

La Secretaría del Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de B. fue vinculada como tercero con interés legítimo en el presente asunto.

ANTECEDENTES

Y

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

Fueron recogidos en el fallo de tutela de primera instancia en los siguientes términos:[1]

ANTECEDENTES

1. El señor F.G.H., quien se encuentra recluido en el Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y C. de B., interpuso acción de tutela contra la autoridad judicial aludida, para que se le protejan los referidos derechos constitucionales, con fundamento en los siguientes hechos:

Aduce que el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de B. le ha denegado las opciones de pago dispuestas en el artículo 46 de la Ley 1453 de 2011 para sufragar la caución de 2 smlmv que le fue impuesta con motivo de la concesión de la prisión domiciliaria, pese a haber allegado la documentación pertinente que acredita su incapacidad de pagar el aludido monto.

Por lo anterior, solicita se amparen sus derechos fundamentales y, en consecuencia, se ordene a la autoridad judicial accionada el reconocimiento de un medio de pago alterno que le permita cubrir la totalidad de la multa (sic). (Textual).

EL FALLO IMPUGNADO

La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de B., mediante decisión adoptada el 26 de febrero de 2019 concedió el amparo invocado, al constatar que dos solicitudes no fueron debidamente tramitadas.

Sobre el particular, destacó que el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito de B. se ha pronunciado sobre todas las peticiones que el accionante y su defensora han elevado, y que en todas esas oportunidades ha resuelto denegar la disminución del monto y la posibilidad de pagar a plazos la caución prendaria.

Sin embargo, encontró que esas determinaciones no aplicaban para las dos últimas solicitudes formuladas, dado que estas tenían...

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