SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 105135 del 02-07-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842266299

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 105135 del 02-07-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 105135
Fecha02 Julio 2019
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cali
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP8771-2019



SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2



LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente



STP8771-2019

Radicación n° 105135

Aprobado Acta No. 159


Bogotá D.C., julio dos (02) de dos mil diecinueve (2019).


VISTOS:


Resuelve la Sala la impugnación interpuesta por ANGIE LORENA CORREA JIMÉNEZ, a través de apoderada judicial, contra la sentencia de tutela proferida el 24 de mayo de 2019 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, que negó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por la Fiscalía 12 Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Bogotá - Grupo Central de Conversión y Reversión Delegada para la Seguridad Ciudadana.

Al trámite fueron vinculados la Fiscalía 82 Local de Jamundí y el señor DAVID ALFREDO TENORIO ORDÓÑEZ.


FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


1. Para lo que compete resolver en el presente asunto, del escrito de tutela y los documentos allegados al plenario, la Sala destaca los siguientes hechos jurídicamente relevantes:


  1. Que el 3 de julio de 2016 ANGIE LORENA CORREA JIMÉNEZ sufrió un accidente de tránsito, en virtud del cual se inició una investigación penal en contra de DAVID ALFREDO TENORIO ORDÓÑEZ, por el delito de lesiones personales culposas agravadas, la cual fue asignada a la Fiscalía 82 Local de Jamundí.

  2. Que el 8 de octubre de 2018 la apoderada de la accionante solicitó a la delegada fiscal autorizar la conversión de la acción penal de pública a privada, de conformidad con lo establecido en la Ley 1826 de 2017.

  3. Que mediante Resolución No. 00062 del 25 de febrero de 2019, la Fiscalía 12 Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Bogotá - Grupo Central de Conversión y Reversión Delegada para la Seguridad Ciudadana negó la solicitud presentada por la actora, argumentando que el delito investigado no se encuentra enlistado en el artículo 10º de la precitada Ley 1826.

  4. Que en concepto de la parte actora, la decisión de la fiscalía transgrede sus derechos fundamentales porque desconoce que la norma incluye el delito de lesiones personales culposas y que las circunstancias de agravación no constituyen un delito autónomo.


2. Por lo anterior, la accionante acude ante el Juez Constitucional para que proteja sus garantías fundamentales invocadas y, como consecuencia de ello, intervenga en la investigación penal con radicado 763646000177201601051...

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