SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 54366 del 20-02-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842268440

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 54366 del 20-02-2019

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha20 Febrero 2019
Número de expedienteT 54366
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL2945-2019


JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN

Magistrado ponente


STL2945-2019

Radicación n.° 54366

Acta n.°6


Bogotá, D.C., veinte (20) de febrero de dos mil diecinueve (2019).


Procede la Sala a pronunciarse, en primera instancia, respecto de la acción de tutela presentada por el SINDICATO DE LOS TRABAJADORES DEL TRANSPORTE AÉREO COLOMBIANO – SINTRATAC contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL y el JUZGADO TREINTA Y CINCO LABORAL DEL CIRCUITO ambos de Bogotá.


  1. ANTECEDENTES


El representante del sindicato, instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por las autoridades judiciales accionadas.

Refiere el accionante que Helicol S.A.S., promovió proceso especial de fuero sindical – permiso para despedir contra José Deyber Forero Huertas, trámite al que fue vinculado como parte SINTRATAC; que el conocimiento le correspondió al Juzgado Treinta y Cinco Laboral del Circuito de Bogotá, el que, en audiencia del 12 de septiembre de 2018, fijó el litigio, decretó la práctica de la prueba testimonial y negó las solicitadas por la organización sindical; que dicho auto fue apelado y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, en providencia del 10 de octubre de 2018, la confirmó.


Manifiesta que «[…] con respecto a SINTRATAC no se ha permitido ejercer la defensa del Capitán JOSÉ DEYBER FORERO HUERTAS, en donde su garantía foral proviene de la organización sindical SINTRATAC, la cual ostenta dentro del proceso de fuero sindical la calidad de parte».


Con base en lo expuesto, solicita que «[…] se revoquen y se declaren nulas, dejando sin valor ni efecto las providencias judiciales de fechas 12 de septiembre de 2018 y 10 de octubre de 2018, proferidas por el Juzgado 35 Laboral del Circuito de Bogotá y el Tribunal Superior de Bogotá Sala Laboral, respectivamente, mediante las cuales se dispuso NEGAR las pruebas solicitadas por parte de SINTRATAC […]».


Por auto del 31 de enero de 2019, esta Sala de la Corte inadmitió la tutela, toda vez que el representante legal del sindicato quien la formuló no acreditó tal condición. Una vez subsanada la falencia anterior, el 6 de febrero de 2019, se admitió la solicitud de amparo, se ordenó notificar a las autoridades accionadas y a los intervinientes dentro del proceso especial de fuero sindical 2016 – 00358, con el...

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