SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 102946 del 19-02-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842274012

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 102946 del 19-02-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha19 Febrero 2019
Número de expedienteT 102946
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Villavicencio
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP2030-2019






PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR Magistrada ponenteSTP2030-2019 Radicación n°. 102946 Acta 45



Bogotá, D.C., diecinueve (19) de febrero de dos mil diecinueve (2019).



VISTOS



Se pronuncia la Sala sobre la impugnación presentada por WILLIAM JAVIER D. CRUZ, contra el fallo proferido el 22 de enero del presente año, por la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE VILLAVICENCIO, mediante el cual negó el amparo constitucional invocado en la demanda formulada contra el JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE GUAROA y la FISCALÍA 22 DELEGADA ANTE LOS JUECES PENALES DEL CIRCUITO DE ACACÍAS, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales, trámite al que se vinculó a las partes e intervinientes en el proceso radicado 2017-80013.



ANTECEDENTES



De la demanda de tutela y anexos se extracta que el 14 de diciembre de 2017, el Juzgado Promiscuo Municipal de San Carlos de Guaroa (Meta), emitió orden de captura contra W.J.D. CRUZ.


Teniendo conocimiento de dicha decisión, el hoy accionante se presentó el 19 de diciembre siguiente, ante las autoridades competentes, por lo que el Juzgado en mención, dispuso la cancelación de la orden de aprehensión y fue dejado en libertad.


Acto seguido la Fiscalía demandada le formuló imputación por la presunta comisión de la conducta punible de acceso carnal abusivo con menor de 14 años1 y le fue impuesta medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario.


Refirió que posteriormente, el fiscal del caso presentó el escrito de acusación, con fundamento en una falsa denuncia, pues no ha cometido el delito endilgado.


Sostuvo que en su caso se han presentado múltiples irregularidades, toda vez que se emitió orden de captura, sin analizar en debida forma los elementos materiales probatorios, en especial la valoración médico legal realizada a la víctima y la entrevista rendida por aquella, los cuales permitían demostrar su inocencia.


En ese contexto, W.J.D.C. solicitó el amparo de los derechos al debido proceso, buen nombre y honra, vulnerados desde la emisión de la orden de captura.



FALLO IMPUGNADO



El A quo negó el amparo invocado, al considerar que no se cumplía el requisito de la subsidiariedad, toda vez que los cuestionamientos relacionados con la emisión de la orden de captura, debió controvertirlos en la audiencia de legalización en la que se declaró la ilegalidad de la aprehensión, por haberse presentado voluntariamente, por lo que cualquier discusión al respecto ya ha sido superada.


Adicionalmente, refirió que cuenta con...

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