SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 56146 del 25-06-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842277614

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 56146 del 25-06-2019

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 56146
Fecha25 Junio 2019
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL8450-2019


F. CASTILLO CADENA

Magistrado ponente


STL8450-2019

Radicación n.° 56146

Acta Extraordinaria n.º 55


Bogotá, D.C., veinticinco (25) de junio dos mil diecinueve (2019)


Decide la Sala la acción de tutela presentada por el apoderado de JULIO ALBERTO REYES DE LA RANS contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA y el JUZGADO CUARTO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad, trámite al que se vinculó a POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS ARL.


  1. ANTECEDENTES


El accionante instauró amparo constitucional con el propósito de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la vida en condiciones dignas, al mínimo vital, a la seguridad social, a la salud, y a los derechos adquiridos y de petición, presuntamente vulnerados por las autoridades judiciales accionadas.


Indicó que el 24 de enero de 1998 a la 1:35 p.m., mientras laboraba como marino mercante en altamar, en la función de operador de grúas a bordo de la motonave «Peter El Rick», sufrió un accidente de trabajo y fue trasladado por vía aérea a la Clínica Bautista de Barranquilla, en donde se le dictaminó «doble fractura abierta en la T12 y L1, fracturas en el escafoides de la mano derecha y fracturas en el sacro ilíaco o hueso de la pelvis en la parte derecha que requerían intervenciones quirúrgicas para salvar su vida».


Adujo que «no ha sido valorado en forma definitiva, porque las 3 primeras valoraciones no arrojaron el 50% de pérdida de la capacidad laboral exigida por la Ley 50 de 1990 y la Ley 100de 1993»; que las calificaciones que le han practicado han oscilado ente el 16.28% al 29.60%, siendo ésta última la practicada el 14 de marzo de 2019 por la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Atlántico y con fecha de estructuración del 3 de febrero de 1998.


Afirmó que instauró demanda ordinaria laboral contra Positiva Compañía de Seguros ARL, como agente asegurador del ISS en Liquidación hoy Colpensiones, para que se le ordenara reconocer y pagar la «pensión de invalidez por causa del grave accidente de trabajo ocurrido y por las […] lesiones personales causadas y […] las secuelas que padece […] desde enero 24 de 1998»; así como también se le cancelaran «las mesadas retroactivas causadas y los intereses moratorios, costas y agencias en derecho»; igualmente, de manera subsidiaria solicitó que en caso de no ser reconocida su pensión, se le liquide y pague la «incapacidad permanente parcial […] y que sea determinada la incapacidad definitiva de acuerdo a las graves secuelas que padece y que han empeorado la situación del trabajador en la revaluación de la invalidez y que se cuantifique por pérdida total de su capacidad laboral desde que se causó el accidente de trabajo y hasta por su vida laboral futura posible o probable, de acuerdo al promedio de vida útil laboral en Colombia […]».


Expuso que el asunto le correspondió al Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Barranquilla, despacho que por sentencia del 20 de junio de 2018, resolvió negar las pretensiones de la demanda, al declarar probada la excepción de cosa juzgada, pues luego de hacer referencia a la razón de ser de dicha figura y que fue plasmada por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en sentencia de 12 de noviembre de 2008, radicado 34929, posición que fue reiterada por decisión con radicado 35829 del 3 de marzo de 2009, enfatizó que se encontraban acreditados los expedientes «0800131050062001-0012500, proceso seguido por J.A.R. de la Rans contra el ISS, administrador del Régimen de Riesgos Profesionales, seguido ante el Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Barranquilla, […]», y el «expediente 08001310501220100070800, proceso seguido por J.A.R. de la Rans, contra el ISS y donde fue vinculada Positiva Compañía de Seguros S.A.», este último adelantado...

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