SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 54096 del 23-01-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842279156

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 54096 del 23-01-2019

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha23 Enero 2019
Número de sentenciaSTL1374-2019
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 54096

J.L.Q. ALEMÁN

Magistrado ponente

STL1374-2019

Radicación n.° 54096

Acta 2

Bogotá D.C., veintitrés (23) de enero de dos mil diecinueve (2019).

Procede la Sala a pronunciarse, en primera instancia, respecto de la acción de tutela presentada por J.R.H.R. contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE ANTIOQUIA, el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE PUERTO BERRÍO, el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO de esa misma ciudad, el JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE YONDÓ y la FISCALÍA SEGUNDA del mismo municipio.

  1. ANTECEDENTES

J.R.H.R., instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y libertad, presuntamente vulnerados por las autoridades judiciales accionadas.

Refirió el accionante, que fue capturado el 30 de mayo de 2018 por el delito de actos sexuales abusivos con incapaz de resistir; que el Juzgado Promiscuo Municipal de Yondó (Ant), legalizó el procedimiento de captura el 31 del mismo mes y año, en el cual se impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento carcelario, frente a la que no se interpuso recurso alguno; que el 27 de julio de 2018, la Fiscalía 011 Seccional de P.B. (Ant) presentó escrito de acusación, procediéndose por parte del Juzgado Penal del Circuito de esa misma ciudad, en auto del 6 de agosto de 2018, a fijar fecha para las distintas audiencias; que ante la prolongación ilegal de la privación de su libertad la señora R.M.R.S. en su condición de esposa del actor impetró la acción constitucional de H.C.; que el conocimiento le correspondió al Juzgado Laboral del Circuito de P.B., el que en providencia del 9 de noviembre de 2018, declaró improcedente la acción debido a que el accionante cuenta con otros medios judiciales para reclamar sus derechos o para plantear controversias; que dicha decisión fue apelada y el Tribunal Superior de Antioquia – Sala Laboral, en proveído del 21 de noviembre de esa anualidad, la confirmó.

Manifiesta que «[…] la actitud de los diferentes jueces a los cuales les he presentado los diferentes recursos y quien también dictó orden de aseguramiento, han violado mi derecho al debido proceso y a obtener mi libertad inmediatamente ya que no cuentan con las pruebas suficientes para yo seguir privado de mi libertad y por lo cual constituye una manifiesta violación a mi derecho fundamental al debido proceso y a mi libertad […]».

Por lo anterior, solicita «[…] se ordene al juzgado accionado conceder el recurso de queja solicitado por la parte actora dentro del proceso del supuesto delito de acto sexual abusivo con incapaz de resistir».

Mediante auto del 11 de enero de 2019, esta Sala de la Corte admitió la tutela, y ordenó notificar a las autoridades accionadas, con el fin de que ejercieran el derecho de defensa y contradicción.

Dentro del término del traslado, el Juzgado Penal del Circuito de P.B., informó que «[…] no ha violado ningún derecho del señor H.R. y menos que lo haya llevado a soportar una privación de la libertad de manera ilegal; que la acción de tutela interpuesta en esta oportunidad resulta a todas luces improcedente por todo lo dicho, además porque aún le asisten al acusado otros mecanismos al interior del mismo proceso para seguir intentando su libertad, de cumplirse con las exigencias legales, claro está, e incluso demostrar su inocencia, pudiendo desvirtuar las pruebas que en su contra presente la Fiscalía en el juicio oral».

El Tribunal Superior de Antioquia – Sala Laboral y los demás accionados, guardaron silencio.

  1. CONSIDERACIONES

De acuerdo con el art. 86 de la Constitución Política y los decretos que reglamentaron su ejercicio, la acción de tutela fue establecida para reclamar, mediante un procedimiento preferente y sumario, la protección inmediata de los derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten lesionados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública o de los particulares en los casos expresamente previstos por la ley, siempre y cuando no exista otro medio de defensa judicial, a no ser que se use como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.

En el asunto, el accionante cuestionó las providencias emitidas el 9 y 21 de noviembre de 2018, por el Juzgado Laboral del Circuito de P.B. y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Antioquia, respectivamente, que negaron la acción de habeas corpus que el actor interpuso contra el Juzgado Penal del Circuito P.B., el Juzgado Promiscuo Municipal de Yondó y la Fiscalía Segunda de esa misma ciudad.

Frente al cuestionamiento, la Sala negará la protección solicitada, pues está claro, que mediante la tutela no es viable proceder a revivir términos o abrir una discusión ya resuelta, mediante una acción constitucional específica, expedita y especializada, para la protección al derecho fundamental a la libertad personal, como lo es la acción de habeas corpus.

Así lo ha resaltado la Sala, entre otras, en providencia STL4255-2018:

“(…) Al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR