SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 82821 del 06-02-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842283223

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 82821 del 06-02-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de sentenciaSTL2307-2019
Fecha06 Febrero 2019
Tribunal de OrigenTRIBUNAL SUPERIOR SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL DE SINCELEJO
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 82821
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN

Magistrado ponente


STL2307-2019

Radicación n.° 82821

Acta 04


Bogotá, D. C., seis (06) de febrero de dos mil diecinueve (2019).


Resuelve la Corte la impugnación presentada por la accionante NELLY ISABEL DE LA OSSA ATENCIA contra el fallo proferido el 29 de octubre de 2018 por la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo, dentro de las acciones de tutela acumuladas con radicados n.º 2018-00120 de la impugnante contra el Juzgado Promiscuo del Circuito de Sincé (Sucre) y n.º 2018-00125 de la E.S.E. Centro de Salud Inmaculada Concepción del municipio de Galeras contra el mismo juzgado.


  1. ANTECEDENTES


1. Acción de tutela con radicado n.º 2018-00120 de la E.S.E. Centro de Salud Inmaculada Concepción del municipio de Galeras contra el Juzgado Promiscuo del Circuito de Sincé:


Refiere la E.S.E. Centro de Salud Inmaculada Concepción del municipio de Galeras que ante el Juzgado Promiscuo del Circuito de Sincé, cursa en su contra dos procesos ejecutivos laborales con radicados n.º 2012-227 y 2015-212, en los que en cumplimiento de unas medidas cautelares se retuvieron, entre otras sumas, $265.442.905 y $152.228.828, respectivamente, que estaban depositadas en unas cuentas del Banco Pichincha.


Que por tratarse de recursos inembargables, comoquiera que fueron girados por el Ministerio de Salud y Protección Social para la «terminación de la construcción del Hospital Local del Municipio de Galeras», pidió el levantamiento de las citadas cautelas en cada proceso, que fueron negados por el juzgado accionado, razón por la cual se interpusieron los recursos de apelación, que fueron resueltos por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Sincelejo así:


  1. En el radicado n.º 2015-212 por auto del 5 de abril de 2017, ordenó el desembargo y la devolución a la ejecutada de los dineros retenidos que tenían destinación específica, de conformidad con la Resolución n.º 5591 de 24 de diciembre de 2015 del Ministerio de Salud y Protección Social.


  1. En el radicado n.º 2012-227 por auto del 15 de agosto de 2018, decretó el levantamiento de las medidas cautelares que pesaban sobre las cuentas que tiene la E.S.E., en el Banco Pichincha, y cuyos recursos estén dirigidos al proyecto de construcción del nuevo Hospital Local del municipio de Galeras.


Se queja de que el juzgado no ha dado cabal cumplimiento a lo resuelto por el tribunal, pues «mantiene retenidos los recursos previstos para la terminación de la nueva sede de la ESE de Galeras», sumado a que decretó nuevas medidas cautelares sin tener en cuenta el pronunciamiento del tribunal sobre la naturaleza de tales dineros, por lo que pide la protección de los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia.


2. Acción de tutela con radicado n.º 2018-00125 de Nelly Isabel de la Ossa Atencia contra el Juzgado Promiscuo del Circuito de Sincé:


Señala la accionante que es demandante junto con otras personas en el proceso ejecutivo laboral con radicado n.º 2015-212, que se adelanta contra la E.S.E. Centro de Salud Inmaculada Concepción del municipio de Galeras ante el Juzgado...

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