SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 104637 del 11-06-2019
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | STP7779-2019 |
Fecha | 11 Junio 2019 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Arauca |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de expediente | T 104637 |
EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER
Magistrado Ponente
Bogotá. D. C., once (11) de junio de dos mil diecinueve (2019).
ASUNTO
Se pronuncia la Sala acerca de la impugnación interpuesta por ALDUBER SALLAS OLIVEROS, a través de apoderado judicial, contra el fallo de tutela proferido el 9 de abril de 2019, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Arauca, que denegó por improcedente el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, libertad y presunción de inocencia, presuntamente vulnerados por el Juzgado Segundo penal del Circuito de Arauca, trámite en el que se vinculó a los Juzgados 1º Penal Municipal de Adolescentes y 1º Penal del Circuito de Arauca, al Fiscal Quinto Seccional de Arauca, M.D.M., víctima al interior del proceso penal 2016-00079-01, el Juzgado 2º Penal Municipal para A. y al Procurador Judicial I Penal de esa ciudad.
PROBLEMA JURÍDICO A RESOLVER
Corresponde a la Corte determinar si los Juzgados 1º Penal del Circuito de Conocimiento de Arauca, 2º Penal del Circuito de Arauca, 1º Penal Municipal con funciones Mixtas de Control de Garantías de Infancia y Adolescencia de Arauca, vulneraron los derechos al debido proceso, igualdad y libertad de ALDUBER SALLAS OLIVEROS, al no concederle la libertad inmediata por vencimiento de términos.
ANTECEDENTES PROCESALES
Con proveído de 15 de marzo de 2019, la Sala Única del Tribunal Superior de Arauca, avocó el conocimiento del asunto, ordenó correr traslado de la demanda a los accionados y negó la medida provisional solicitada por el accionante, al considerar que trataba idéntico asunto al fondo de la acción, y vinculó al trámite al Juzgado 1º Penal Municipal de Adolescentes, 1º Penal del Circuito, al Fiscal 5º Seccional de Arauca y a M.D.M., víctima dentro del proceso penal que se adelanta contra A.S.O., para que ejercieran su derecho de defensa dentro de la acción constitucional.
RESULTADOS PROBATORIOS
-
El Juzgado Primero Penal del Circuito de Arauca con funciones de Conocimiento informó que, en efecto, el escrito de acusación obrante en el expediente fue presentado el 4 de abril de 2017 en el Centro de Servicios Judiciales y asignado por reparto al despacho judicial de lo cual se celebró audiencia de acusación el 4 de mayo de 2017 y se programó audiencia preparatoria para el 4 de julio de 2017, para la que se ha programado fecha en 6 ocasiones sin que haya acontecido a la fecha, encontrándose pendiente por intentar la celebración de la diligencia preparatoria el 4 de abril de 2019.
Recalcó que los aplazamientos han atendido a diferentes motivos y se ha programado fecha en la medida de la disponibilidad del despacho, que si bien los procesos con detenido tienen prelación, existen varios asuntos con detenido por lo que refirió que ha actuado con diligencia y remitió el expediente solicitado.
-
El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Arauca remitió a los argumentos que expuso en la decisión originaria de 8 de febrero de 2019, esto es, que la normativa aplicable era la Ley 1786 de 2016, por lo que el término máximo de la medida de aseguramiento era de 240 días.
-
El Juzgado 1º Penal Municipal con funciones M. en control de Garantías y de Ley 906 de 2004 de Arauca reseñó que el 13 de febrero de 2017 se adelantaron audiencias preliminares concentradas en la investigación adelantada contra ALDUBER SALLA OLIVEROS, en las que se legalizó captura, formuló imputación, e impuso detención preventiva en establecimiento de reclusión, de otra parte, las diligencias posteriores no fueron adelantadas por el despacho ya que fueron asignadas al Juzgado 2º Penal Municipal con funciones Mixtas en Control de Garantías de Adolescentes y de Ley 906 de 2004.
-
El Fiscal 5º Seccional CAIVAS de Arauca arguyó que los distintos aplazamientos que han ocurrido respecto de la audiencia preparatoria, desde el 25 de septiembre de 2017, han sido solicitadas por los diferentes apoderados de confianza del tutelante sin que, a la fecha se haya logrado realizar la audiencia.
LA PROVIDENCIA IMPUGNADA
El 9 de abril de 2019, la Sala Única de Decisión de Tribunal Superior de Arauca denegó por improcedente el amparo constitucional deprecado, al evidenciar que no se configuraron en debida forma los requisitos de procedibilidad de tutela contra providencia judicial, específicamente, no se erigió un defecto material o sustantivo, en tanto que la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba