SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 106105 del 20-08-2019
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 20 Agosto 2019 |
Número de expediente | T 106105 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Antioquia |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP11256-2019 |
EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER
Magistrado Ponente
STP11256-2019
Radicación Nº 106105
Acta No. 210
Bogotá, D.C., veinte (20) de agosto de dos mil diecinueve (2019).
ASUNTO
Se pronuncia la Sala acerca de la impugnación formulada por HEMEL DE J.L.S., contra el fallo de tutela proferido el 27 de junio de 2019, por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, que negó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y defensa, presuntamente vulnerados por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Sopetrán de ese mismo Distrito Judicial, actuación que se hizo extensiva a la Fiscalía 88 Seccional de Sopetrán, al defensor que lo asistió en el trámite, doctor N.A.L.B. y a los Juzgados Promiscuo Municipal con función de Control de Garantías y Promiscuo del Circuito de Santa Fe de Antioquia.
PROBLEMA JURÍDICO A RESOLVER
Determinar si se vulneraron los derechos fundamentales al debido proceso y defensa del accionante HEMEL DE JESÚS LEAL SARRAZOLA por parte del Juzgado Promiscuo del Circuito de Sopetrán al condenarlo, en virtud de un allanamiento a cargos, a 44 meses de prisión por el delito de fuga de presos, cuando para su aceptación de cargos le fue propuesta una pena de 24 meses, ofrecimiento que lo hizo desistir de la búsqueda de su inocencia y no le fue cumplido.
ANTECEDENTES PROCESALES
El 18 de junio de 2019, la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia avocó el conocimiento de la acción de tutela y vinculó como demandados al Juzgado Promiscuo del Circuito de Sopetrán de ese mismo Distrito Judicial, a la Fiscalía 88 Seccional de Sopetrán, al defensor que lo asistió en el trámite, doctor N.A.L.B. y a los Juzgados Promiscuo Municipal con función de Control de Garantías y Promiscuo del Circuito de Santa Fe de Antioquia.
RESULTADOS PROBATORIOS
1. El Juzgado Promiscuo de Sopetrán informó que radicadas las diligencias para adelantar audiencia preparatoria en el proceso penal que se siguió por fuga de presos contra el accionante HEMEL DE J.L.S., éste decidió aceptar cargos, por lo que una vez verificada la legalidad de su allanamiento emitió sentencia condenatoria y como no fue apelada, remitió el expediente a los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Antioquia.
A su respuesta anexó copia de la ficha técnica de remisión del proceso a los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Antioquia y de los correspondientes audios de la diligencia de allanamiento.
2. La Fiscalía 88 Seccional de Sopetrán manifestó que no actuó en las audiencias preliminares ni en la etapa de juzgamiento dentro del proceso adelantado contra el accionante; señaló que quien intervino en representación de la Fiscalía fue la doctora C.Z.L., quien actualmente se desempeña en la Unidad de Atención Integral a las Víctimas de Abusos Sexuales CAIVAS, de la ciudad de Medellín.
3. La doctora C.Z.L.F.1.S.C. de Medellín sostuvo que mientras L. como Fiscal 88 en Sopetrán recibió en etapa de juicio el proceso seguido contra el accionante por el delito de fuga de presos.
Agregó que convocadas las partes para audiencia preparatoria y una vez instalada, el actor HEMEL DE JESÚS de manera libre y voluntaria decidió aceptar los cargos imputados, razón por la que el juez, una vez verificado el allanamiento continuó con la audiencia de individualización de pena y sentencia; que fijada la sentencia en 44 meses de prisión, no fue recurrida por ninguna de las partes.
4. El D.N.A.L.B. señaló que fungió como defensor contractual del accionante en el proceso que se menciona y al no contar con elementos materiales probatorios para afrontar el juicio, optó por sugerir a su defendido la...
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