SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 106728 del 01-10-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842302525

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 106728 del 01-10-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 106728
Número de sentenciaSTP13455-2019
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Tunja
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha01 Octubre 2019



E.F.C.

Magistrado Ponente



STP13455 - 2019



Radicación No. 106728

Acta No. 252





Bogotá, D. C., primero (1º) de octubre dos mil diecinueve (2019).



VISTOS



La Sala resuelve la impugnación interpuesta por H.O.B., accionante, contra el fallo proferido el 13 de agosto del año en curso por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, Sala de Decisión Penal, que negó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN



Fueron delimitados por Tribunal A quo de la siguiente manera:

Manifiesta [el actor] que el 08 de junio de 2018, el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Bogotá lo condenó a la pena de 40 meses de prisión por el delito de omisión de agente retenedor recaudador y, en segunda instancia, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá modificó el fallo y le concedió la prisión domiciliaria.

Asevera que la vigilancia de la ejecución de la pena correspondió al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas de Tunja; que el 30 de mayo de 2019 solicitó al accionado permiso para trabajar, solicitud reiterada el 12 de junio; sin embargo, aún no se emite pronunciamiento alguno, lo cual le impide acceder a recursos económicos para solventar sus gastos”.



TRÁMITE EN PRIMERA INSTANCIA



El 31 de julio del año en curso, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, S.P., avocó la presente acción y dispuso lo pertinente para la debida integración del contradictorio y el cumplimiento del principio de publicidad.



1. El Asistente Jurídico del Juzgado 2º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja, José Anatolio Rodríguez Parra, informó que en ese despacho cursa la causa con número de radicación 11001600005020162378300 (NI 27891), contra HÉCTOR OLAVE BERNAL, para la vigilancia de la pena de 3 años 4 meses de prisión impuesta por el Juzgado 2° Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, en sentencia del 8 de junio de 2018.



Frente a los hechos de la demanda, indicó que mediante auto de sustanciación N° 0634/19 de 6 de agosto del año en curso, se requirió al Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y C. de Tunja (Boyacá) y al INPEC para que comunicaran, a la mayor brevedad, si el sentenciado O.B. se encontraba afectado con algún mecanismo de vigilancia electrónica como complemento de la prisión domiciliaria otorgada en la sentencia condenatoria. Ello, con el fin de posibilitar la realización de los controles por parte del establecimiento encargado de la supervisión de la medida.



De otra parte, se requirió al actor para que precisara la clase de actividad a realizar y si se trataba de un trabajo independiente o subordinado, caso en el cual debía...

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