SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 103116 del 26-02-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842312527

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 103116 del 26-02-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha26 Febrero 2019
Número de expedienteT 103116
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cúcuta
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP2433-2019
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR Magistrada Ponente STP2433-2019 R.icación N°. 103116 Acta 51



Bogotá D. C., veintiséis (26) de febrero de dos mil diecinueve (2019).



VISTOS



Se pronuncia la Sala sobre la impugnación interpuesta por FRANCISCO JAVIER PARADA RUÍZ, contra el fallo proferido el 16 de enero del presente año por la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE CÚCUTA, mediante el cual negó las pretensiones de la demanda de tutela formulada contra el JUZGADO 4o DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, la SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE y el INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI - IGAC de esa ciudad. Se vinculó al trámite al CENTRO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE LOS JUZGADOS DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, al ÁREA JURÍDICA y a la DIRECCIÓN DEL COMPLEJO PENITENCIARIO Y CARCELARIO METROPOLITANO, todos con sede en la ciudad de Cúcuta.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS



Así los expuso la Corporación a quo:


El accionante acudió a este mecanismo excepcional para que se le protejan sus derechos fundamentales de petición, debido proceso y acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por las autoridades accionadas.


Con fundamento en los supuestos fácticos contenidos al interior del libelo demandatorio y a sus anexos, se conoció que el accionante en reiteradas oportunidades le ha solicitado al Juzgado 4o de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esta ciudad, la concesión de la libertad condicional.


Por ello, el juzgado ejecutor mediante oficio No. 27254 del 13 de noviembre de 2018, le informó al libelista el trámite efectuado con ocasión a su solicitud, indicándole que mediante auto del 11 de septiembre, reiterado el 05 de octubre de 2018, le solicitó la información correspondiente a la Secretaría de Tránsito y Transporte y al Instituto Geográfico Agustín Codazzi, requerimiento a dichas dependencias que inclusive haría por tercera vez.


Resalta que la Secretaría de Tránsito y Transporte dio respuesta al requerimiento realizado por el juzgado ejecutor, sin embargo, dicha célula judicial a la fecha no ha procedido a resolver la solicitud de libertad condicional presentada.


Asevera que en el mes de octubre de 2018 presentó otra acción de tutela en contra del precitado despacho judicial por vulneración a sus derechos fundamentales, la cual no prosperó. No obstante, ante la falta de resolución de la solicitud de libertad condicional presentada, acudió nuevamente al presente mecanismo residual.


Fue en síntesis con fundamento en lo expuesto, que solicitó la protección de los derechos fundamentales en mención y, en consecuencia, se le ordene al juzgado vigilante de...

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