SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 107039 del 01-10-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842342253

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 107039 del 01-10-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 107039
Número de sentenciaSTP13515-2019
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cali
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha01 Octubre 2019

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2

L.A.H.B.

Magistrado ponente

STP13515-2019

Radicación n.° 107039

Acta 252

Bogotá, D. C., primero (01) de octubre dos mil diecinueve (2019).

VISTOS:

Resuelve la Sala la impugnación presentada por N.S.Q.C., contra la sentencia proferida el 5 de septiembre de 2019 por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Cali, que negó el amparo de sus derechos fundamentales, presuntamente vulnerados por los Juzgados 11 Penal Municipal con Función de Garantías de Yumbo y 22 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Cali.

Al trámite fueron vinculados la Fiscalía 12 Local de Yumbo y el Juzgado 7º Penal Municipal de Cali con Función de Conocimiento.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:

Según se establece de la actuación, el 10 de agosto de 2019 se adelantaron ante el Juzgado 10º Penal Municipal de Yumbo con Función de Control de Garantías, las audiencias preliminares de legalización de captura, formulación de imputación por el delito de violencia intrafamiliar agravado en concurso homogéneo, presuntamente cometido por N.S.Q.C. -vista pública en la que éste aceptó cargos-.

Acto seguido, la Fiscalía General de la Nación solicitó la imposición de medida de aseguramiento en el domicilio del imputado, petición que no acogió el juez de garantías en atención a la prohibición expresa del artículo 314 del Código de Procedimiento Penal, por tanto, decidió afectar a NELSON QUINAYAS CHÁVES con detención preventiva en establecimiento carcelario.

Inconforme con la decisión, la defensa la recurrió. El Juzgado de Garantías no repuso el proveído. La impugnación le correspondió al Juzgado 22 Penal del Circuito de Cali con Función de Conocimiento, autoridad que resolverá la alzada el 11 de octubre de 2019.

Adujo el accionante que el allanamiento a la imputación fáctica y jurídica se debió al acuerdo entre la defensa y la fiscalía a cambio de que la medida de aseguramiento fuera diferente a la impuesta por el juez accionado. Por tanto, advierte una extralimitación en las funciones del funcionario judicial que impuso una medida más lesiva.

Por tal motivo acudió ante la jurisdicción constitucional por considerar vulnerado su derecho fundamental al debido proceso y solicitó que se anule la aceptación de los cargos.

TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA:

Por autos del 26 de agosto y 2 de septiembre de 2019, el Tribunal admitió la demanda y corrió el respectivo traslado a las autoridades judiciales aludidas.

El Juzgado 22 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Cali, informó que el 20 de agosto de 2019 le correspondió la impugnación propuesta por la defensa dentro del radicado 2019-01774. Explicó que acorde con la carga laboral fijó la fecha para resolver la alzada el próximo 11 de octubre. Respecto a la pretensión del accionante, dijo ser un asunto diferente a la apelación e improcedente por el momento procesal en el que se encuentra el trámite. Solicitó su desvinculación.

El Juzgado 11 Penal Municipal de Yumbo con Función de Control de Garantías relató el trascurso de la actuación y defendió la legalidad de su decisión. Adicionalmente, informó que durante las audiencias preliminares se garantizó el derecho del debido proceso del actor y llamó la atención a la fiscalía para que recordara la prohibición expresa contenida en el artículo 314 de la Ley 906 de 2004 que impide la sustitución de la detención preventiva en establecimiento carcelario, por domiciliaria cuando la imputación sea –entre otros- por violencia intrafamiliar.

El Juzgado 7º Penal Municipal de Cali con Función de Conocimiento asumió el conocimiento de las diligencias e informó que convocó a las partes para la individualización de la pena el 26 de septiembre de 2019.

El Tribunal negó el amparo. Encontró que el asunto sometido a su...

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