SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102300002019-00867-00 del 18-03-2020 - Jurisprudencia - VLEX 845371233

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102300002019-00867-00 del 18-03-2020

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de expedienteT 1100102300002019-00867-00
Número de sentenciaSTC3100-2020
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Fecha18 Marzo 2020
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA




OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE

Magistrado ponente


STC3100-2020

Radicación nº. 11001-02-30-000-2019-00867-00

(Aprobado en Sala de dieciocho de marzo de dos mil veinte)


Bogotá, D.C., dieciocho (18) de marzo de dos mil veinte (2020).


Decide la Corte la tutela de S.R.C.G. contra las Salas de Casación Penal y Civil de la Corte Suprema de Justicia, con vinculación de las partes y demás autoridades e intervinientes en el ruego nº 2019-00684-01.


ANTECEDENTES


1. Obrando en nombre propio, el gestor aseveró que le fue vulnerado el debido proceso y, en consecuencia, pidió «se decr[ete] la nulidad de las sentencias de primera y segunda instancia dentro del proceso de tutela radicado 11001023000020190068400 y ordenar que se decida oportunamente en el dicho proceso en el despacho competente».


Adujo en suma, que instauró «acción de tutela» contra el Consejo Superior de la Judicatura y otros con el fin de obtener «la revocatoria de la sanción disciplinaria [a él] impuesta», la que correspondió por reparto al Magistrado Luis Guillermo Salazar Otero, quien culminó su periodo el 5 de octubre siguiente.


El Magistrado de la Sala Penal E.P.C. expidió la sentencia de primer grado (STP14016-2019, 9 oct.), que impugnó entre otras razones «por eventual nulidad debido a que la tutela fue repartida y admitida por el Magistrado L.G.S.O. pero decidida por el Magistrado E.P.C., sin ninguna justificación de su relevo», no obstante, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, sin ningún análisis al respecto, profirió el fallo de segunda instancia (STC1594-2019, 25 nov.).


Le endilgó a los acusados incurrir en «cosa juzgada fraudulenta pues el magistrado E.P.C. no podía reemplazar al exmagistrado L.G.S.O., sin un acto jurídico que así lo dispusiera».


2. La Personería de Bogotá D.C., esgrimió la «falta de legitimación en la causa por pasiva». Cuando se registró el proyecto no se habían recibido más respuestas.

CONSIDERACIONES


1.- S.R.C.G. busca a través de este escenario, la anulación de las providencias dictadas por las Salas de Casación Penal y Civil de esta Corporación (9 oct. y 25 nov. de 2019) en la guarda que adelantó contra la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.


2.- En el sub júdice se advierte el fracaso de la súplica si en cuenta se tiene que los reproches se enfilan contra proveídos de la misma índole, emitidos por...

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