SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002020-00350-00 del 26-02-2020 - Jurisprudencia - VLEX 845371859

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002020-00350-00 del 26-02-2020

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de sentenciaSTC1990-2020
Fecha26 Febrero 2020
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 1100102030002020-00350-00


ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO

Magistrado ponente


STC1990-2020

Radicación n.° 11001-02-03-000-2020-00350-00

(Aprobado en sesión de veintiséis de febrero de dos mil veinte)

Bogotá, D.C., veintiséis (26) de febrero de dos mil veinte (2020).


Procede la Corte a resolver la acción de tutela interpuesta por Ó.L., A.J., César Augusto, Laura Ximena, Aleidy Cristina Millán García; Luis Felipe Millán Téllez y Mariela Téllez Gamboa como compañera permanente de Luis Alfredo Millán Vargas (q.e.p.d.), contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de B. y el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de la misma ciudad, trámite al que fue vinculada la Sala de Casación Penal de esta Corporación, así como los intervinientes de la causa penal a que alude el escrito inicial.


ANTECEDENTES

1. Los accionantes reclaman la protección constitucional de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la «tutela judicial efectiva», al «principio de presunción de inocencia» y a «ejercer una correcta defensa material y técnica» presuntamente conculcados por las autoridades jurisdiccionales accionadas, con ocasión de los fallos condenatorios dictados en ambas instancias en el marco del juicio penal seguido contra el ciudadano L.C.S.C..


Solicitan, entonces, que se conceda la protección constitucional invocada, ordenando al Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de B., «dejar sin efecto el numeral sexto de la sentencia judicial proferida en primera instancia (…) el día 04 de noviembre de 2016 que decidió dejar sin efecto el mandamiento de pago y medidas cautelares de embargo y secuestro decretadas (…) por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de B. dentro del proceso ejecutivo radicado No. 68001-31-003-004-2001-00382-01», y que como consecuencia de ello, se «proceda a dictar una nueva providencia, ajustada a la Constitución y a la ley» (fl. 15).


2. Para sustentar su reclamo manifestaron, en síntesis, que el señor Luis Carlos Santamaría Castellanos constituyó «hipoteca de segundo grado» a favor de su difunto padre y compañero permanente, respectivamente, Luis Alfredo Millán Vargas, sobre un predio situado en el Municipio de Floridablanca (Santander), e identificado con la matrícula inmobiliaria No. 300-211338, garantía que tenía como propósito respaldar los dineros que este último prestó al primero.


Aseguran que, como el deudor no canceló la suma debida, Luis Alfredo Millán Vargas (q.e.p.d.), promovió juicio ejecutivo hipotecario frente a éste, trámite que conoció el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de B., quien agotado el trámite de rigor, en sentencia del 11 de diciembre de...

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