SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 56138 del 25-06-2019 - Jurisprudencia - VLEX 845526124

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 56138 del 25-06-2019

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 56138
Número de sentenciaSTL8913-2019
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Fecha25 Junio 2019


CLARA C.D.Q.

Magistrada ponente


STL8913-2019

Radicación n.° 56138

Acta extraordinaria 55


Bogotá, D. C., veinticinco (25) de junio de dos mil diecinueve (2019).


Procede la Sala a pronunciarse, en primera instancia, de la demanda de tutela que presenta el BANCO DE BOGOTÁ S.A. contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA y el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO de esa ciudad, trámite que se hizo extensivo a las partes e intervinientes dentro del proceso objeto de cuestionamiento.


  1. ANTECEDENTES


El BANCO DE BOGOTÁ S.A. instaura acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO, DEFENSA e IGUALDAD, presuntamente vulnerados por las autoridades convocadas.


Relata el proponente que J.A.C.S. instauró proceso especial de fuero sindical en su contra a fin de obtener el reintegro al cargo de «cajero principal» que desempeñaba en la oficina del Banco de Bogotá S.A. en Santa Marta, trámite que se adelantó ante el Juzgado Primero Laboral del Circuito de esa ciudad, despacho que en auto de 18 de julio de 2017 admitió la demanda y dispuso notificar personalmente al convocado.


Narra que el juzgado de conocimiento libró el oficio citatorio con destino al ente financiero a la carrera 4.ª n.º 13-39 de esa ciudad, sin tener en cuenta que, para tal efecto, el certificado de existencia y representación de la enjuiciada registraba la calle 36 n.º 7-47 piso 16 de Bogotá.


Arguye que el 25 de septiembre de 2018 el juez de primer grado llevó a cabo la audiencia de que trata el artículo 114 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, en la que condenó al aquí accionante a reintegrar al trabajador al cargo que desempeñaba y, ordenó el pago de acreencias laborales, decisión que no fue apelada por las partes.


Manifiesta que el 8 de octubre siguiente formuló incidente de nulidad por indebida notificación, petición que en proveído de 18 de diciembre de 2018 fue denegada, tras considerar que las comunicaciones allegadas al enjuiciado «lograron su cometido, esto es la publicación del acto procesal y su conocimiento por el demandado».


Relata que apeló ante la Sala Laboral del Tribunal Superior de Santa Marta, Colegiado que en auto de 6 de mayo de 2019 confirmó la determinación de primer grado, pero, porque la nulidad no se propuso en la oportunidad legal correspondiente, toda vez que se planteó con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR