SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 84423 del 29-05-2019
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Fecha | 29 Mayo 2019 |
Número de expediente | T 84423 |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE MEDELLÍN |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STL7255-2019 |
CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO
Magistrada ponente
STL7255-2019
Radicación n.º 84423
Acta 19
Bogotá, D. C., veintinueve (29) de mayo dos mil diecinueve (2019).
La Sala resuelve la impugnación que interpuso OLGA MARÍA JOHNSON MARÍN contra el fallo proferido el 12 de abril de 2019 por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN, en la acción de tutela que adelanta la recurrente contra el CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DE ANTIOQUIA y el JUZGADO DIECINUEVE LABORAL DEL CIRCUITO de esa ciudad, trámite al cual fueron vinculados el JUZGADO SÉPTIMO LABORAL DEL CIRCUITO de esa localidad, el JUZGADO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE EL SANTUARIO y a quienes ocupan el cargo de citadores en los despachos judiciales convocados.
- ANTECEDENTES
OLGA MARÍA JOHNSON MARÍN instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO, SALUD y TRABAJO, presuntamente vulnerados por las autoridades convocadas.
Relató la promotora que el 24 de marzo de 2017 se posesionó en propiedad en el cargo de citadora en el Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Medellín. Adujo que en ese momento encontró «una serie de actos y desordenes administrativos, los que incomodaron al grupo de trabajo que venía en ese despacho, máxime que con [su] entrada debieron hacer una serie de cambios; personas que con la vehemencia de la Juez y Secretaria, se empeñaron en hacer[le] bullying».
Narró que interpuso queja de acoso laboral y que se encuentra pendiente la resolución de segunda instancia. Agregó que presentó cinco denuncias penales ante la Fiscalía General de la Nación, las cuales se encuentran pendientes por decidir.
Indicó que la titular de ese estrado judicial a pesar de existir tales procesos en curso, adelantó investigación disciplinaria en su contra, y que en fallo de 29 de marzo de 2019 la declaró incursa en falta disciplinaria y la suspendió del cargo por el término de 12 meses.
Manifestó que interpuso dos acciones de tutela contra aquella sanción, pero fueron denegadas por carecer del presupuesto de subsidiaridad en la medida que debía adelantar el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.
Argumentó que el 4 de diciembre de 2018 solicitó al Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia el traslado a otro juzgado, con fundamento en la recomendación de su médico tratante; sin...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba