SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 54480 del 20-02-2019 - Jurisprudencia - VLEX 845684478

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 54480 del 20-02-2019

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha20 Febrero 2019
Número de expedienteT 54480
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL2266-2019


F. CASTILLO CADENA

Magistrado ponente


STL2266-2019

Radicación n.° 54480

Acta 6


Bogotá, D. C., veinte (20) de febrero de dos mil diecinueve (2019)


Decide la Corte la acción de tutela instaurada por el apoderado de MARÍA ADELAIDA CAGUA USMA contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ y el JUZGADO VEINTIUNO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad, trámite que se hizo extensivo a la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES- COLPENSIONES.


  1. ANTECEDENTES


La parte accionante acudió a este mecanismo constitucional por estimar quebrantados sus derechos fundamentales al debido proceso y seguridad social, presuntamente vulnerados por parte de las autoridades judiciales accionadas.

Narró que presentó demanda ordinaria laboral en contra de Colpensiones con el fin de que se le reconociera y pagara el incremento pensional del 14% por cónyuge a cargo; que el asunto le fue asignado al Juzgado Veintiuno Laboral del Circuito de Bogotá, que mediante providencia de 22 de octubre de 2018, condenó a la pasiva al reconocimiento y pago del incremento.


Adujo que el Tribunal Superior de Bogotá, conoció el recurso de apelación y en el grado jurisdiccional de consulta; que mediante fallo de 5 de diciembre del mismo año, revocó la sentencia de primera instancia considerando que el derecho se encontraba prescrito.


Resaltó que la decisión anterior lesionó sus garantías constitucionales, toda vez que se desconoció el precedente jurisprudencial de la Corte Constitucional en relación a la imprescriptibilidad de tal incremento, junto con el principio de favorabilidad.


Mediante proveído de 11 de febrero de 2019, esta Sala admitió la acción, vinculó a las partes e intervinientes dentro del proceso y dispuso el traslado correspondiente para el ejercicio de los derechos de defensa y contradicción.


El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá dio respuesta y argumentó que «al efectuar el análisis del caso, la Sala encontró que había lugar a revocar la providencia primigenia, pues no se acreditó la dependencia económica del cónyuge respecto de la pensionada, aunado a que había operado el fenómeno de la prescripción».


El Juzgado 21 Laboral del Circuito de Bogotá informó, que el 22 de octubre de 2018, emitió sentencia donde condenó a la entidad al pago del incremento del 14% por cónyuge a cargo, que dicha providencia fue apelada por la pasiva y enviada al tribunal.


  1. CONSIDERACIONES


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