SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 1419 del 04-08-2020 - Jurisprudencia - VLEX 847693945

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 1419 del 04-08-2020

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral
EmisorSala de Casación Penal
Fecha04 Agosto 2020
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 1419






EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente



Radicación nº 1419

Acta 161



Bogotá D.C., cuatro (4) de agosto de dos mil veinte (2020).


ASUNTO


Se pronuncia la Sala acerca de la impugnación interpuesta por el accionante WILFRAND CUENCA ZULETA contra la sentencia de tutela proferida el 17 de junio de 2020, por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual le negó el amparo de los derechos fundamentales al trabajo, dignidad humana, libertad de locomoción, seguridad social y acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por:

El Consejo Superior de la Judicatura, la Corte Constitucional, la Presidencia de la República, la Nación – Ministerios del Interior, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Justicia y Derecho, Defensa Nacional, Agricultura y Desarrollo Rural, Salud y Protección Social, Trabajo, Minas y Energía, Comercio, Industria y Turismo, Educación Nacional, Ambiente y Desarrollo Sostenible, Vivienda, Ciudad y Territorio, Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Transporte, Cultura, Deporte y Ciencia, Tecnología e Innovación, la Alcaldía Mayor de Bogotá, la Procuraduría General de la Nación, la Asociación Nacional de Trabajadores de la Salud de Colombia – Anthoc, los Sindicatos de la Salud de Colombia, el Instituto Nacional de Medicina Legal, el Instituto Nacional de Salud de Colombia, las Secretarías de Salud Departamentales y Municipales, el Embajador de la República de Suecia en Colombia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Policía Nacional de Colombia, la Superintendencia Nacional de Salud, los «Laboratorios Designados para los Test de Covid-19 en Colombia, los Partidos Políticos de oposición en Colombia, la Asociación Colombiana de Facultades de Medicina, Asociaciones y Federaciones de la Salud en Colombia, y las Asociaciones y Federaciones Defensoras de los Usuarios de la Salud, de los Derechos de los Pacientes en la Salud, V. o Representantes de los Usuarios Pacientes ante todas las E.P.S. del país».



PROBLEMA JURÍDICO A RESOLVER


Corresponde a la Sala determinar si resulta procedente la demanda de tutela formulada por WILFRAND CUENCA ZULETA contra las referidas entidades, instituciones, corporaciones y dependencias, por las medidas extraordinarias adoptadas para prevenir el contagio y la propagación de la pandemia generada por el virus Covid-19 en el territorio nacional.


Lo anterior, sostuvo el accionante, porque fundándose en cifras de decesos inexistentes, han restringido arbitrariamente sus derechos fundamentales, puntualmente el Gobierno Nacional y el Consejo Superior de la Judicatura, quienes limitan su libertad de locomoción y el acceso a la administración de justicia.


ANTECEDENTES PROCESALES


Mediante auto de 5 de junio de 2020, la Sala de Casación Laboral avocó el conocimiento de la presente demanda y ordenó correr traslado a las partes accionadas y vinculadas, a fin de garantizarles sus derechos de defensa y contradicción.


RESULTADOS PROBATORIOS


De conformidad con el fallo de primera instancia, dentro del término de traslado se allegaron las siguientes respuestas:

1. Los Ministerios de Relaciones Exteriores, Comercio, Industria y Turismo, Minas y Energía, Vivienda y Hacienda y Crédito Público solicitaron denegar la demanda de tutela y afirmaron que los decretos legislativos gozan de presunción de legalidad, además que el accionante cuenta con otros mecanismos de defensa para la protección de las garantías fundamentales que estiva afectadas.


2. Los Ministerios de Educación, Interior, Trabajo, Agricultura, Deporte, Transporte, Ambiente y Desarrollo Sostenible, Justicia y del Derecho, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; así como las Alcaldías municipales de M., A., O., Villahermosa, A., Líbano, C., F., R., Venadillo, la Gobernación de Putumayo y las Secretarías de Salud de Santander y Florencia, alegaron falta de legitimación en la causa por pasiva y, en tal virtud, reclamaron su desvinculación del presente trámite de tutela.


3. El Consejo Superior de la Judicatura precisó que ha adelantado gestiones con el fin de implementar la firma digital, el expediente electrónico y la justicia digital; no obstante, resaltó que es un proceso que requiere, entre otros, tiempo, presupuesto y planeación.


Informó que a través de diversas decisiones ha aumentado las excepciones a la suspensión de términos, la cual se soportó en el respeto a la vida de los servidores judiciales, los profesionales del derecho y demás usuarios de la administración de justicia.

4. El Congreso de la República hizo un recuento de sus funciones como órgano legislativo y adujo que la decisión de sesionar de manera virtual fue adoptada por la Mesa Directiva del Congreso mediante Resolución No. 181 de 2020, con el fin de atender las medidas implementadas para prevenir la propagación del virus.


5. La Dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional adujo que era competencia la Corte Constitucional emitir los pronunciamientos respectivos frente a la naturaleza de los estados de excepción y, en consecuencia, solicitó declarar improcedente la demanda de amparo.


6. La Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. se limitó a...

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