SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 514/110482 del 28-05-2020 - Jurisprudencia - VLEX 847708208

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 514/110482 del 28-05-2020

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha28 Mayo 2020
Número de expedienteT 514/110482
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP5380-2020



JAIME HUMBERTO MORENO ACERO Magistrado ponente



STP5380-2020

R.icación n° 514/110482

Acta 109


Bogotá, D.C., veintiocho (28) de mayo dos mil veinte (2020).



ASUNTO



Se pronuncia la Corte sobre la demanda de tutela instaurada por Armando Antonio Moreno López, contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado Veinte de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esta ciudad, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, dignidad humana, igualdad y acceso a la administración de justicia.



Al trámite fueron vinculados el Juzgado Trece Penal del Circuito y el Juzgado Noveno Penal del Circuito ambos de la ciudad de Bogotá, el delegado de la Fiscalía y el representante del Ministerio Público, así como a las partes y demás intervinientes en las causas penales que originaron el presente diligenciamiento constitucional radicados 11001600002820050075600 y 11001630011320130004300.



HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN



Del libelo de tutela y de la información allegada se verifica que, el 28 de febrero de 2006, Armando Antonio Moreno López fue condenado por el Juzgado Trece Penal del Circuito de esta ciudad, a la sanción principal de 34 años de prisión por el punible de homicidio, dentro del proceso identificado con el número de radicado 11001 60 00 028 2005 00756 00. Desde 1 de junio de 2005 se encuentra privado de la libertad en el Complejo Carcelario y Penitenciario Metropolitano de Bogotá COMEB – La Picota por cuenta del dicho proceso penal.


Asimismo, el 12 de julio de 2013, fue sentenciado por el Juzgado Noveno Penal del Circuito de Bogotá, a la pena principal de 72 meses de prisión, al ser hallado autor responsable del punible de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado dentro del proceso con radicado 11001 63 00 113 2013 00043 00. En el citado fallo le fue negado el subrogado de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.


La vigilancia de las dos condenas de se encuentra a cargo del Juzgado Veinte de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esta ciudad.


Mediante auto del 23 de octubre de 2019, el juez de ejecución de penas negó la prescripción de la pena solicitada por el sentenciado, en la causa con radicado 11001 63 00 113 2013 00043 00, seguido por el reato de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado dentro del proceso. Lo anterior, teniendo en cuenta que no se encontraban los presupuestos jurídicos para adoptar dicha decisión. Tal determinación fue apelada por el condenado.


Por su parte, la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dispuso confirmar la determinación impugnada en decisión del 3 de febrero del año en curso.


El demandante acude a la acción de tutela y manifiesta que las autoridades accionadas al negarle la prescripción de la sanción penal impuesta en sentencia del 12 de junio de 2013, están desconociendo sus derechos fundamentales al imponer una pena de prisión perpetua. Esto, pues desde la fecha de ejecución de la anterior decisión, ya han transcurrido 82 meses, por lo que estima que se encuentra prescrita la condena.

Por tanto, solicita se protejan los derechos fundamentales invocados y como consecuencia, se ordene a las autoridades accionadas...

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