SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 104459 del 18-06-2019 - Jurisprudencia - VLEX 850648234

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 104459 del 18-06-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha18 Junio 2019
Número de expedienteT 104459
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Medellín
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP8452-2019








JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

Magistrado Ponente





STP8452-2019

Radicación n.° 104459

(Aprobación Acta No. 152)





Bogotá D.C., dieciocho (18) de junio de dos mil diecinueve (2019)





VISTOS



Decide la Sala el recurso de impugnación interpuesto por Harold Palacios Tello, contra el fallo de tutela proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín el 1 de abril de 2019, que denegó la solicitud de amparo formulada contra el Juzgado Cuarenta y Seis Penal Municipal de Medellín con Función de Conocimiento y el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Medellín con Función de Conocimiento, con ocasión de las decisiones emitidas en la acción de tutela radicada bajo el número 050014009046201800297 (en adelante: acción de tutela 2018-00297).



Fueron vinculados como terceros con interés legítimo en el presente asunto las demás partes e intervinientes en el referido expediente.





ANTECEDENTES

Y

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN



Fueron recogidos en el fallo de tutela de primera instancia, en los siguientes términos:1



Se puede extraer del escrito de tutela que el Juzgado Cuarenta y Seis Penal Municipal negó por improcedente una acción de tutela interpuesta por el señor Harold Palacios Tello en contra del Banco Itaú Corpbanca Colombia S.A., y Axa Colpatria Seguros S.A., mediante sentencia proferida el 19 de septiembre de 2018 y según refiere el accionante en este se desconoció la línea jurisprudencia respecto al requisito de subsidiaridad en la acción constitucional.

De los documentos anexados a esta tutela se observa que los hechos que dieron lugar a la presentación de la mencionada acción constitucional tienen que ver con que en el año 2010 el actor contrajo una obligación crediticia con el Banco Itaú Corpbanca Colombia S.A., suscribiendo además una póliza de seguro con Axa Colpatria Seguros en la que constaba una cláusula de incapacidad permanente y total, por lo que teniendo en cuenta la pérdida de capacidad laboral que le fue dictaminada, solicitó a la aseguradora que se hiciera efectiva la póliza, sin embargo, esta petición fue negada, por lo que requería el actor en aquella ocasión, que en sede constitucional se ordenara a Axa Colpatria Seguros realizar el pago total de la obligación adquirida con el Banco Itaú Corpbanca Colombia S.A., También, de la copia de la sentencia proferida por el Juzgado Cuarenta y Seis penal Municipal de Medellín que fue aportada, se extrae que, la tutela fue negada al no cumplirse el requisito de procedibilidad, en tanto que el actor podía acudir a la jurisdicción civil para reclamar sus derechos, al no advertirse la configuración de un perjuicio irremediable.

Esta decisión fue impugnada, siendo confirmada por el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Medellín, mediante proveído del 10 de octubre de 2018. Afirma el accionante que el detrimento patrimonial en el que está inmerso debe ser resuelto de fondo, teniendo en cuenta el perjuicio irremediable que se le está causando al tener que pagar los $57.380.041, producto de la obligación adquirida con el Banco Itaú Corpbanca S.A., sin tener en cuenta que de acuerdo al porcentaje de perdida de la capacidad laboral que le fue dictaminado -72.87%- se debe hacer efectiva la póliza de seguro, a lo que se niega Axa Colpatria Seguros de Vida S.A., según esta, porque...

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