SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 91918 del 01-06-2017
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 01 Junio 2017 |
Número de expediente | T 91918 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Cúcuta |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP8243-2017 |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1
STP8243-2017
Radicación n° 91918
Acta 179
Bogotá, D.C., uno (1) de junio de dos mil diecisiete (2017).
ASUNTO
Resolver la impugnación presentada por Juan Pablo León Castrillón, respecto del fallo proferido el 20 de abril del año en curso por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta, a través del cual negó la acción de tutela interpuesta en contra de la Fiscalía 23 Seccional de Alertas Tempranas de dicha ciudad, por la presunta violación de los derechos fundamentales de petición, debido proceso y propiedad.
1. LA DEMANDA
Expone el actor los siguientes hechos para soportar la petición de amparo:
1. El 6 de diciembre presentó denuncia por el delito de abuso de confianza, trámite que correspondió a la Fiscalía 23 de Alertas Tempranas, donde solicitó se decretara una medida a efectos de que se inmovilizara el vehículo de su propiedad y luego lograr su recuperación, procedimiento cumplido por la Policía Metropolitana de B..
2. Señala que en diferentes derechos de petición adiados el 27 de enero, 16 de febrero y 24 de marzo, solicitó la entrega del automotor ya que no tenía ningún requerimiento y era él la única persona víctima y con mejor derecho para recibirlo, sin que la autoridad fiscal se hubiese pronunciado al respecto, situación que le ha generado serios perjuicios puesto que nadie le va a responder por los daños del vehículo en razón al deterioro al que está expuesto.
3. Con fundamento en lo anterior, solicita la protección de los derechos fundamentales y consecuente con ello, se ordene a la fiscalía se emita respuesta a sus solicitudes y haga entrega del vehículo de su propiedad.
La Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta negó el amparo deprecado al haberse configurado una carencia actual de objeto por hecho superado, toda vez que las peticiones presentadas por el accionante fueron resueltas en desarrollo del trámite de tutela, luego la misma perdía justificación y por lo tanto, la orden que llegara a emitirse no tendría ningún efecto respecto de la efectividad del derecho presuntamente vulnerado.
3 LA IMPUGNACIÓN
El actor impugnó el fallo y para sustentar su inconformidad expuso:
1. En la demanda de tutela además del derecho de petición invocó el debido proceso y el de la...
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