SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 89963 del 02-09-2020
Sentido del fallo | REVOCA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Fecha | 02 Septiembre 2020 |
Número de expediente | T 89963 |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STL7202-2020 |
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ
Magistrado ponente
STL7202-2020
Radicado n.° 89963
Acta 32
Bogotá, D. C., dos (2) de septiembre de dos mil veinte (2020).
La Corte resuelve la impugnación que JULIÁN EDGARDO TEJEDOR ESTUPIÑAN interpuso contra el fallo que la homóloga S. de Casación Civil profirió el 24 de julio de 2020, en el trámite de la acción de tutela que el recurrente promovió contra la SALA DE CASACIÓN PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, la SALA ÚNICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE FLORENCIA y la DEFENSORÍA DEL PUEBLO –SISTEMA NACIONAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA.
- ANTECEDENTES
El convocante promovió acción de tutela con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, igualdad, salud y el que denominó «falta de defensa técnica».
Para respaldar su solicitud, narró que el 5 de agosto de 2016 el Fiscal Primero delegado ante el Tribunal Superior de Florencia le imputó el delito de «prevaricato por acción», con ocasión de una actuación que realizó como Juez Primero Municipal con Función de Garantías de Florencia.
Afirmó que después de numerosos aplazamientos, el 22 de marzo de 2017 se celebró la audiencia preparatoria sin «[su] asistencia» y mediante fallo de 27 de septiembre de 2017 la S. Única del Tribunal Superior de Florencia lo declaró culpable del delito imputado en primera instancia. Asimismo, que lo condenó a pena privativa de la libertad de 64 meses, le impuso multa equivalente a 88 salarios mínimos legales mensuales vigentes y lo inhabilitó para el ejercicio de funciones públicas por 92 meses.
Refirió que inconforme con esta última decisión, formuló recurso de apelación y mediante sentencia de 25 de abril de 2018 la S. de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena y redujo la pena de prisión y la multa.
Argumentó que en el proceso penal las autoridades convocadas vulneraron su derecho de defensa, pues lo condenaron sin tener en cuenta que «sin su consentimiento el defensor público procedió a renunciar a la totalidad de los medios de prueba y no tuvo la mínima actividad probatoria a favor de [sus] intereses».
Conforme lo anterior, solicitó la protección de sus garantías superiores, que se dejen sin efecto las providencias censuradas y se ordene a las autoridades encausadas rehacer el proceso «con el estricto respeto de [sus] garantías fundamentales»...
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