SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 112503 del 24-09-2020
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | STP8763-2020 |
Fecha | 24 Septiembre 2020 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bogotá |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de expediente | T 112503 |
JAIME HUMBERTO MORENO ACERO Magistrado ponente
STP8763-2020 Radicación n°. 112503 Acta 202
Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de septiembre de dos mil veinte (2020).
ASUNTO
Se pronuncia la Corte sobre la demanda de tutela instaurada por Néstor Julio Rodríguez Rúa, contra la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía 126 Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos de Bogotá y el Juzgado Dieciocho Penal del Circuito de esta ciudad, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales fundamentales a la igualdad y a la defensa.
Al diligenciamiento fueron vinculados las partes e intervinientes en los trámites de definición de competencia: i) radicado nº 11001102000 2007 01226 00, asignado al magistrado T.O.N.; ii) radicado nº 110010102000 2017 01698 00 repartido al magistrado C.M.R.; y iii) radicado nº 110010102000 2019 2728 00, a cargo del magistrado F.J.E., todos de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura. Asimismo, los intervinientes en el proceso penal identificado con radicado 110016000000 2018 00202 00 que se adelanta contra el accionante.
HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
Del libelo de tutela y de la información allegada se verifica que el 1 de mayo de 2005, se produjo la muerte violenta de Nicolás David Neira Álvarez, mientras participaba en las movilizaciones del día internacional del trabajo en las calles de Bogotá. Lo anterior, producto de una lesión ocasionada por un disparo de un trufly, arma empelada por el Escuadrón Móvil Antidisturbios - ESMAD, para lanzar gases.
Mediante decisión del 7 de mayo de 2007, el Juzgado de Primera Instancia de la Inspección General de la Policía Nacional propuso conflicto negativo de jurisdicción y envío las diligencias a la Sala Disciplinaria de Consejo Superior de la Judicatura. Esa Corporación asignó la competencia del asunto a la Justicia Penal Ordinaria y dispuso remitir las actuaciones a la Fiscalía Treinta y Siete Seccional de Bogotá, en providencia del 8 de octubre siguiente, proferida dentro del radicado No. 110010102000200701226 001.
El 20 de octubre de 2017, la Fiscalía imputó cargos por estos hechos a Néstor Julio Rodríguez Rúa ante el Juzgado Setenta y Uno Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, por la presunta autoría del delito de homicidio en calidad de autor y la modalidad de dolo eventual. El imputado no aceptó cargos.
El 18 de enero de 2018, la delegada de la Fiscalía radicó escrito de acusación contra el imputado y las diligencias fueron asignadas al Juzgado Dieciocho Penal del Circuito de Bogotá.
En el curso de la actuación penal2 se suscitó conflicto de competencia entre la Justicia Penal Ordinaria y la Penal Militar, el cual...
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