SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 90529 del 21-10-2020 - Jurisprudencia - VLEX 851661449

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 90529 del 21-10-2020

Sentido del falloREVOCA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha21 Octubre 2020
Número de expedienteT 90529
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL8987-2020
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ

Magistrado ponente


STL8987-2020

Radicación n.° 90529

Acta 39


Bogotá, D. C., veintiuno (21) de octubre de dos mil veinte (2020).


La S. resuelve la impugnación interpuesta por VÍCTOR RAFAEL RODRÍGUEZ CÁCERES contra el fallo proferido el 2 de septiembre de 2020 por la S. de Casación Civil de esta corporación, dentro de la acción de tutela que promovió contra la SALA CIVIL FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA y el JUZGADO SEXTO DE FAMILIA de la misma ciudad, trámite al cual se vinculó a Ana Benilda Cáceres Rojas, L.H., J.A. y Martha Cecilia Rodríguez Cáceres y demás intervinientes en los procesos con radicado n.° 2019-0279, 2019-0338 al 2019-0308, 2019-00396-00 y 2013-00328-05.



  1. ANTECEDENTES


El accionante instauró acción constitucional con el propósito de que se ampare su derecho fundamental al debido proceso, presuntamente transgredido por las autoridades convocadas en el proceso reivindicatorio de cosas heredadas que adelantó contra A.B.C.R., rad. 2019-00308 (acumulado 2019-0279 y 2019-00335).


Del escrito tuitivo y la documental aportada se extrae que el accionante fundamentó su amparo en que:


Dentro del proceso de sucesión intestada de Rafael Humberto Rodríguez Hernández (rad. 2013-00328), la jueza del circuito censurada aprobó la partición en sentencia de 4 de agosto de 2017, en la que lo «declaró heredero único del causante, al aprobar en todas y cada una de sus partes el trabajo de partición y adjudicación».


Señaló que al ser reconocido como «heredero único del causante», inició varios procesos judiciales a fin de que le fueran «adjudicados, reivindicados automáticamente por vía judicial» los inmuebles y frutos a que manifestó tener derecho. Sin embargo, afirmó que la funcionaria judicial del circuito «no da aplicación a la norma de carácter sustancial art. 513 y 514 del C.G.P. y la norma de carácter procesal art. 23 del C.G.P. […]».



Indicó que «present[ó] inventarios y avalúos el día 13 de

junio de 2014 y [dio] cumplimiento al art. 514, pidiendo desde hace 2 años la adjudicación desde el 4 de mayo de 2017 […] aportó certificados de libertad y tradición de tres inmuebles donde figura la titularidad y en cabeza del causante Rafael Humberto Rodríguez Hernández», pero no ha logrado la finalidad.


Adujo que ha denunciado a los Magistrados integrantes de esta S. al ser «encubridores de corrupción judicial al no someterse al imperio de la ley», toda vez que «no adjudican ni reivindican los inmuebles del causante, dilatando con tutelas, recursos, nulidades, incidentes de tutela y otros».


Argumentó que la funcionaria judicial de primera instancia «no ha declarado la nulidad del auto de 17 de octubre de 2018 dentro del radicado 2013-00396», como tampoco «obedece ni la sentencia proferida por ella misma, por eso la denunci[ó] penal y disciplinariamente (3 veces) y [ha] interpuesto más de 17 tutelas […]».


Con apoyo en lo descrito, pidió que se «declare la nulidad de la sentencia de 24 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR