SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 61286 del 18-11-2020
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de expediente | T 61286 |
Fecha | 18 Noviembre 2020 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Número de sentencia | STL10520-2020 |
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ
Magistrado ponente
STL10520-2020
Radicado n.° 61286
Acta 43
Bogotá, D.C., dieciocho (18) de noviembre de dos mil veinte (2020).
La Sala resuelve la acción de tutela que EDWIN FRANCO SEGURA, HARRINSON GÓMEZ ANDRADE y CARLOS JAIR GARCÍA instauran contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BUGA, trámite al que se vinculó al JUEZ PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE BUENAVENTURA.
I. ANTECEDENTES
Los convocantes instauran acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, libertad y acceso a la administración de justicia.
Para respaldar su solicitud, narran que en la actualidad se adelanta proceso penal en su contra por la presunta comisión de los delitos de fabricación, tráfico y porte de estupefacientes en concurso con fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego.
Refieren que el día 31 de mayo de 2020 miembros de la Armada Nacional los capturaron en una embarcación cerca al puerto de Buenaventura y les incautaron «20 costales que presuntamente contenían sustancia estupefaciente y un arma de fuego».
Señalan que el 2 de junio de 2020 el Juez Segundo Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Buenaventura declaró la legalidad de su captura, aprobó la formulación de imputación de cargos y les impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad intramural.
Afirman que contra las anteriores decisiones instauraron recurso de apelación, no obstante, el Juez Primero Penal del Circuito de Buenaventura las confirmó mediante providencia cuya fecha no indican.
Mencionan que promovieron acción constitucional de habeas corpus contra los funcionarios judiciales en referencia para lograr su libertad y el asunto se asignó al Juez Primero Laboral del Circuito de Buenaventura, autoridad que declaró improcedente su pretensión a través de auto de 22 de julio de 2020.
Agregan que impugnaron esta última decisión y por medio de providencia de 11 de agosto de 2020 la Sala Laboral del Tribunal Superior de Buga la confirmó.
Argumentan que el Tribunal encausado transgredió sus derechos fundamentales, pues pasó por alto que la autoridad que los capturó «no los puso a disposición del juez de control de garantías en el término de treinta y seis horas».
Conforme lo anterior, se infiere que solicitan la protección de los derechos fundamentales que invocan y que, como medida para...
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