SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº G 0500022130002020-00088-01 del 10-12-2020
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Número de sentencia | STC11354-2020 |
Fecha | 10 Diciembre 2020 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Civil - Familia de Antioquia |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de expediente | G 0500022130002020-00088-01 |
FRANCISCO TERNERA BARRIOS
Magistrado ponente
STC11354-2020
R.icación n.° 05000-22-13-000-2020-00088-01
(Aprobado en sesión virtual de nueve de diciembre dos mil veinte)
Bogotá, D.C., diez (10) de diciembre de dos mil veinte (2020).
Se decide la impugnación interpuesta frente a la sentencia proferida el 22 de septiembre de 2020 por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, que negó la acción de tutela promovida por J.O.O. en calidad de agente oficioso de M.M.G. de Orozco y V.O.G. en contra del Juzgado Promiscuo de Familia de la Ceja – Antioquia; trámite al que fueron vinculados los señores M. de Jesús y E. de J.O.G., intervinientes en el proceso de remoción de curador.
ANTECEDENTES
1.- El gestor demandó la protección constitucional de los derechos fundamentales a la vida y la salud de su esposa e hija, por cuanto, en su consideración, han sido vulnerados por «parte de su hijo M.O. y el Juzgado de Familia de la Ceja».
2. En respaldo narró que es esposo de María Margarita Grisales de Orozco y padre de V.O.G., y que es quien brinda a estas «casa, luz, agua, gas, cosas de aseo […], l[es] hace la comida […]», toda vez que su «esposa lleva 4 años postrada en cama», ya que «tiene varias patologías, discapacidad física del 90%» y su «hija posee patologías mentales».
Refiere que a su hijo, M.O.G., le «dieron la curaduría de [su] esposa e hija pero él no cumple con el fallo como tal y lleva 14 meses solo tiene malas pretensiones con el mismo, hace mal uso y abuso del fallo pues no deja que le den citas a [su] esposa en el hospital pues […] dice que NO LAS NECESITA siendo que [su] esposa necesita control y seguimiento con varios especialistas para ver cómo van sus patologías, […] cobra el dinero de Colombia mayor y hace malversación de recursos, y no le da nada a [su] esposa siendo que ese dinero es para ella», tampoco suple sus necesidades básicas, cuidados que sí lleva a cabo su «otro hijo E. de J.O.G. pues es quien desde hace 4 años» guarda por su bienestar.
Indicó que al J. de la Ceja «se le ha pasado evidencias por el uso y abuso de la curaduría de M.O. […] pero no le pide rendición de cuentas y ya pasó el año y no pasó nada», situación por la que actualmente «se maneja […] un proceso de remoción de curaduría pero eso está muy demorado y la juez no le da celeridad mientras M.O. con sus mala curaduría está defraudando a [su] esposa».
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