SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 109288 del 12-03-2020 - Jurisprudencia - VLEX 862123296

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 109288 del 12-03-2020

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 109288
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Fecha12 Marzo 2020



Eyder Patiño Cabrera Magistrado Ponente



STP

Radicación n.° 109288

(Aprobado Acta n.° 66)



Bogotá, D.C., doce (12) de marzo de dos mil veinte (2020).



ASUNTO



Se resuelve la acción de tutela promovida por Ángel Ulises Cely Barreto contra la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Cúcuta y el Juzgado 2° Penal del Circuito Especializado Adjunto de Descongestión de la misma ciudad, por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la igualdad.


Al presente asunto fueron vinculados el Juzgado 3° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de B., así como a las partes e intervinientes de la actuación seguida contra el actor por los delitos de homicidio agravado, concierto para delinquir y constreñimiento ilegal.



ANTECEDENTES


1. Hechos y fundamentos de la acción


1.1. De la información obrante en el expediente se extrae que, Ángel Ulises Cely Barreto fue condenado por el Juzgado 2° Penal del Circuito Especializado Adjunto de Descongestión de Cúcuta por el delito de homicidio agravado en concurso con los punibles de concierto para delinquir y constreñimiento ilegal, a la pena principal de 40 años de prisión.


1.2. Ese fallo lo confirmó el Tribunal Superior de esa ciudad el 7 de diciembre de 2011, determinación que no fue objeto del recurso extraordinario de casación.



1.3. Cely Barreto acude a la acción de tutela en busca de la protección de sus derechos fundamentales presuntamente vulnerados por las autoridades accionadas estimando que la condena que le fue impuesta es injusta, que le deben ser concedidos los beneficios de la Ley de Justicia y Paz y se le debe redosificar la pena de prisión impuesta por las irregularidades presentadas en su caso.


2. Las respuestas


2.1. Fiscalía Novena Especializada (e) de San José de Cúcuta


La Fiscal [e] resumió las principales actuaciones e indicó que no se presentó vía de hecho que motive el amparo deprecado e insta a negar el amparo solicitado.


2.2. Juzgado 3º Penal del Circuito Especializado Mixto del Distrito Judicial de San José de Cúcuta


La Juez [e] hizo un recuento de las decisiones emitidas por ese despacho y solicitó negar la pretensión constitucional.


2.3. La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San José de Cúcuta


El Ponente refirió que mediante decisión del 7 de diciembre de 2011 confirmó la condena impuesta en contra del accionante. Envió copia de...

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