SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 87977 del 26-02-2020 - Jurisprudencia - VLEX 862124306

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 87977 del 26-02-2020

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de sentenciaSTL2193-2020
Número de expedienteT 87977
Tribunal de OrigenCORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha26 Febrero 2020


GERARDO BOTERO ZULUAGA

Magistrado ponente


STL2193-2020

Radicación n.° 87977

Acta 7


Bogotá, D.C., veintiséis (26) de febrero de dos mil veinte (2020).


La S. resuelve la impugnación interpuesta por la SALA CIVIL – FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE P. contra el fallo que profirió la SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA el 11 de diciembre de 2019, dentro de la acción de tutela que promovió GUILLERMO LEÓN SALDARRIAGA QUINTERO a la SALA CIVIL – FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL de la misma ciudad, con ocasión del juicio ordinario N. º 2007-00532.


  1. ANTECEDENTES


Guillermo León Valencia Quintero, por medio de apoderado judicial, instauro acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de su derecho fundamental al DEBIDO PROCESO, presuntamente vulnerado por la SALA CIVIL- FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE P., con ocasión del juicio ordinario N.º2007-0532.


Refiere que el 10 de febrero de 2012, el Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Medellín, profirió sentencia donde acogió las pretensiones del accionante y ordenó pagos correspondientes por daño emergente, lucro cesante consolidado, perjuicio moral y daño en vida de relación, determinación que fue apelada por el accionado.


Que el 08 de julio de 2019, en razón a las medidas de descongestión adoptadas mediante Acuerdo PCSJA19-11327 por el Consejo Superior de la Judicatura, se remitió el expediente objeto de queja al Tribunal accionado; que el 17 de septiembre de 2019, la Corporación cuestionada revocó parcialmente la decisión de primer grado, denegando el reconocimiento indemnizatorio por “daño en vida de relación” y modificó los montos reconocidos por “daño emergente y lucro cesante”


Sostuvo, que la autoridad cuestionada, en la motivación sobre el daño en vida de relación, incluyó las mismas pruebas analizadas en el daño moral, incurriendo en vía de hecho, atentatoria de sus garantías, por cuanto no se examinó el acervo que demuestra la existencia del daño en vida de relación.


Por ello, solicita REVOCAR la Sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira, en lo concerniente al daño en vida de relación y en consecuencia se confirme el fallo del Juez de primera Instancia”


I.TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA


Mediante proveído del 20 de noviembre de 2019, el A quem admitió la acción de tutela, ordenó notificar a los accionados, con el fin de que ejercieran los derechos de defensa y contradicción, ordenó vincular a los intervinientes en el proceso No. 2007-00532.


El Magistrado D.G.H., integrante de la S. Civil – Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira, procedió a dar contestación al escrito de tutela, solicitó se deniegue el amparo invocado, en la medida en que la decisión se soportó en la normatividad, jurisprudencia y doctrina aplicables al caso. Precisó, que la revocatoria de la condena con respecto al daño en vida de relación, contrario a lo alegado por el accionante, no está relacionada con la ausencia de prueba, sino que se fundó en la falta de congruencia con la demanda, pues de manera alguna, se explicó en esa pieza procesal cómo se advertía este perjuicio, por tanto se negó ese reconocimiento.


Surtido el trámite de rigor, la S. cognoscente de este asunto constitucional en primer grado, mediante sentencia de 11 de diciembre de 2019, concedió “la protección deprecada para que el Tribunal convocado provea, de nuevo, sobre el recurso de apelación formulado en contra la sentencia del 10 de...

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