SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 91809 del 10-02-2021 - Jurisprudencia - VLEX 866087495

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 91809 del 10-02-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha10 Febrero 2021
Número de sentenciaSTL1580-2021
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 91809
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


FERNANDO CASTILLO CADENA

Magistrado ponente


STL1580-2021

Radicación n.° 91809

Acta 5


Bogotá, D. C., diez (10) de febrero de dos mil veintiuno (2021)


Decide la Sala la impugnación interpuesta por R.G.B. contra la decisión proferida el 16 de diciembre de 2020 por la Sala de Casación Civil, dentro de acción de tutela que promovió frente a la SALA CIVIL ESPECIALIZADA EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, asunto que se hizo extensivo a las partes, intervinientes e interesados dentro del trámite en cuestión.


I ANTECEDENTES


El accionante acudió a este mecanismo excepcional en procura de que se le protejan sus derechos al debido proceso y defensa, presuntamente vulnerados por la autoridad denunciada.



Como argumento de sus peticiones, en síntesis, expuso que, adquirió en el año 2004 el predio “Casa Lote -La Primavera” por medio de compraventa con G.S.P. en el Municipio de Valle de S.J. (Tolima); que aquél señor le compró anteriormente dicho predio a H.V. y a D.M. sin que se conociera que aquellos vendían por amenazas con grupos al margen de la ley.



Posteriormente, H.V. y D.M. iniciaron un proceso de restitución de tierras de los predios rurales “La Primavera -Casa Lote y la Primavera”, por ser víctimas del conflicto armado, asunto en el cual contestó en condición de opositor, con la finalidad de ejercer su derecho como poseedor de buena fe exenta de culpa.



Señaló que, mediante sentencia de 29 de septiembre de 2020, la Sala de Restitución de Tierras del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá negó su condición de segundo ocupante del predio Casa Lote - La Primavera y, por tanto, negó el derecho de compensación al no haber acreditado su buena fe exenta de culpa.



Se quejó de la determinación dictada por la autoridad denunciada, pues, a su juicio, no se hizo un estudio correcto de las pruebas aportadas al proceso y de la situación fáctica allí expuesta, por cuanto, se desatendió que “adquirió” el predio memorado en el año 2014 por venta que le hizo G. S.P., negociación que “se ajustó a la buena fe de los contratantes, con un comportamiento diligente, transparente y leal entre las partes”, sin tener conocimiento, incluso, de la situación de orden público y de los hechos de desplazamiento forzado “masivo de familias” en la región; además que desconoció que los solicitantes no fueron presionados para “transferir la propiedad” del bien raíz mencionado, pues ellos “tenían pensado residenciarse en el Municipio de Ibagué, y con el valor de la venta de los predios compraron una vivienda en ese municipio donde actualmente residen” y que no se vinculó a G.V..



A su vez, que tuvo por configurada la lesión enorme en la negociación del predio aludido, cuando esa situación no fue siquiera alegada por las víctimas; que para el momento en que tomó “posesión” de la “Casa-Lote”, esta se encontraba en mal estado y su valor era inferior al tasado en el dictamen practicado dentro del asunto cuestionado, por lo que el avalúo realizado no se ajustó a la realidad y tampoco tuvo en cuenta que le hizo varias remodelaciones y, que se omitió valorar la certificación del P. del municipio de Valle de S.J. (Tolima), según la cual, “en los años 2007 a 2010 no hubo presencia de grupos armados al margen de la Ley”, documento que desacreditaba los hechos de violencia alegados por los solicitantes y que fueron origen del despojo.



Añadió que, los demandantes obraron de mala fe con el oficio que radicaron ante al tribunal denunciado, en el que se advirtió que el predio se encontraba abandonado por el actor, situación que no era cierta, toda vez que, dicho bien raíz fue remodelado casi en su totalidad y que, estaba arrendado.



Así las cosas, solicitó la...

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