SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100122030002016-02875-01 del 15-02-2017 - Jurisprudencia - VLEX 873944103

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100122030002016-02875-01 del 15-02-2017

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de expedienteT 1100122030002016-02875-01
Fecha15 Febrero 2017
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil de Bogotá
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTC1862-2017



L.A. RICO PUERTA

Magistrado ponente


STC1862-2017

Radicación n° 11001-22-03-000-2016-02875-01

(Aprobado en sesión de quince de febrero de dos mil diecisiete)

Bogotá, D. C., quince (15) de febrero de dos mil diecisiete (2017).


Decide la Corte la impugnación del fallo proferido por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 18 de enero de 2017, que negó la tutela de José Dinael Domínguez Velandia frente al Juzgado Primero Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de esta ciudad, siendo citados los intervinientes en el ejecutivo nº 2013-00253 y la Fiscalía 239 Seccional del mismo lugar.


ANTECEDENTES

1. Obrando en su propio nombre, el solicitante reclama la protección del derecho fundamental al debido proceso, presuntamente vulnerado por la autoridad judicial acusada al revocar, por vía de reposición, el auto que decretó la suspensión por prejudicialidad penal del recaudo instaurado por C.A.U.R. y W.M.G. en su contra.


2. Manifiesta, en resumen, que el 10 de octubre de 2016 el Despacho convocado suspendió el cobro hasta que «se defina la ocurrencia de los presuntos ilícitos que hoy son investigados y tienen directa injerencia en el proceso ejecutivo», atendiendo la petición que en ese sentido le hizo la Fiscalía 239 Seccional dentro de la instrucción que le sigue a sus acreedores por los presuntos delitos de «constreñimiento ilegal, perturbación a la posesión, amenazas, estafa y otros».


Agrega que el apoderado de su contraparte interpuso reposición y en subsidio apelación contra la anterior providencia y el 30 de noviembre de 2016 el Juzgado accedió al primero de los recursos y prosiguió con la contienda argumentando que en ésta ya se había dictado sentencia.

3. Pide, en consecuencia, anular la determinación cuestionada (fls. 19 a 22, cd. 1).


RESPUESTAS DEL ACCIONADO Y VINCULADOS


1. La Fiscal 239 Seccional de Bogotá dijo que adelanta una investigación a raíz de la denuncia en la que el accionante dijo que «fue obligado mediante el uso de armas de fuego a firmar unas letras de cambio por valor de doscientos millones ($200’000.000) y luego con esos títulos le iniciaron un ejecutivo» y que pidió la suspensión del proceso civil (fls. 26 y 27, ibídem).

2. El Juzgado Primero Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de esta ciudad defendió su proceder y adujo que cuando el ente acusador solicitó la suspensión ya se había dictado fallo, tornándose...

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