SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 52406 del 03-02-2011 - Jurisprudencia - VLEX 873950433

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 52406 del 03-02-2011

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha03 Febrero 2011
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 52406
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

TUTELA 52406

SAMIR ENRIQUE HURTADO VILLANUEVA

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2



Magistrada Ponente:

MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS

Aprobado Acta N° 030



Bogotá, D.C., tres (3) de febrero de dos mil once (2011).



OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO



Decidir la acción de tutela presentada por SAMIR ENRIQUE HURTADO VILLANUEVA en contra del Tribunal Superior de Cartagena y el Juzgado Penal del Circuito de Magangué, por el presunto desconocimiento de los derechos fundamentales al debido proceso y defensa.


ANTECEDENTES RELEVANTES


De lo informado al diligenciamiento se extrae que:


1. El Juzgado Penal del Circuito de Conocimiento de Magangué conoce del juicio adelantado contra el accionante, por los delitos de homicidio culposo agravado y lesiones personales culposas agravadas, este último en concurso homogéneo sucesivo.


2. En desarrollo de la audiencia preparatoria llevada a cabo el 14 de julio de 2010, el Juzgado no accedió a la solicitud del defensor de SAMIR ENRIQUE HURTADO VILLANUEVA de excluir algunas de las pruebas presentadas por la Fiscalía Seccional, en especial, el resultado de la prueba de alcoholemia practicada al procesado.


3. Impugnada esta determinación por la defensa, fue confirmada el 19 de octubre de 2010 por el Tribunal Superior de Cartagena.


FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


El señor SAMIR ENRIQUE HURTADO VILLANUEVA sostiene que las providencias reseñadas constituyen vías de hecho transgresoras de las garantías fundamentales cuya protección invoca, porque al momento de la extracción de la muestra de sangre para la prueba de alcoholemia no se solicitó autorización al Juez de Control de Garantías, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 249 de la Ley 906 de 2004, tampoco fue informado sobre dicho procedimiento y si era su deseo autorizarlo.


Por lo anterior, pretende que se dejen sin efecto las providencias cuestionadas para, en su lugar, acceder a la solicitud de exclusión probatoria.


TRÁMITE DE LA ACCIÓN


1. Con auto de 31 de enero del año en curso, esta Sala asumió el conocimiento del asunto y ordenó notificar esa determinación a las autoridades demandadas. Para integrar adecuadamente el contradictorio, se ordenó vincular a la Fiscalía 24 Seccional de Magangué, a las víctimas y su apoderado, a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR