SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 89711 del 02-02-2017
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 02 Febrero 2017 |
Número de expediente | T 89711 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Villavicencio |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP1341-2017 |
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº. 1
Eyder Patiño Cabrera
Magistrado Ponente
STP1341-2017
Radicación N°. 89711
(Aprobado Acta N°. 27)
Bogotá, D. C., dos (2) de febrero de dos mil diecisiete (2017).
ASUNTO
Se resuelve la impugnación formulada por A.A.M.V., contra la decisión proferida el 24 de noviembre de 2016, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio, a través de la cual negó la tutela interpuesta contra el Juzgado Promiscuo Municipal de El Retorno (Guaviare), la Dirección Seccional de Administración Judicial de Villavicencio y el Consejo Seccional de la Judicatura del Meta, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, al trabajo y estabilidad laboral.
HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
Así los relató el Tribunal en los siguientes términos:
(…) Expone el accionante que mediante Resolución N°. 012 del 30 de marzo de 2012, fue nombrado como Secretario del Juzgado Promiscuo Municipal del Retorno, G. en provisionalidad, pero aduce que el 25 de octubre de 2016 el señor Juez, A.V.R. profirió la Resolución No. 031 por medio del cual nombró en el cargo de secretario del mismo Juzgado al Dr. Aldo de J.D.Z., sin haberse producido vacancia temporal, ni definitiva del cargo.
Menciona que el 2 de noviembre de 2016, procedió a posesionarse el doctor D.Z. como secretario del juzgado, quien le allegó copia del acta de posesión con el fin que le hiciera entrega del cargo, por lo cual procedió a informarles su negativa por constituirse un abandono del cargo, así mismo envió comunicación a la Oficina de Talento Humano, solicitando no tener en cuenta los actos administrativos de nombramiento del nuevo secretario, hasta no ser desvinculado del cargo de forma legal.
Informa el quejoso que presenta obligaciones familiares y dinerarias con el Banco de Colombia, además que la vivienda donde habita junto con su familia presenta un crédito con garantía hipotecaria, siendo su trabajo su única fuente de ingresos, por ende, considera vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso, derecho al trabajo y estabilidad laboral reforzado debido a la calidad que ostenta como pre-pensionado, por lo que solicita dejar sin efectos los actos administrativos por medio del cual fue nombrado y posesionado el Dr. Aldo de J.D.Z..
LA SENTENCIA IMPUGNADA
La Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio negó el amparo al estimar que el interesado cuenta con otro mecanismo de defensa judicial en el cual puede controvertir la resolución por medio de la cual el Juzgado Promiscuo Municipal de El Retiro (Guaviare) nombró a una persona en el cargo de secretario que venía desempeñando en ese despacho, como lo es la acción de nulidad y restablecimiento del derecho.
LA IMPUGNACIÓN
A cargo de A.A.M.V., quien manifestó que el despacho demandado lo declaró insubsistente sin que se emitiera el respectivo acto administrativo, pues predica que tal forma de desvinculación tiene el carácter de tácito por el hecho de haberse nombrado su reemplazo.
Agrega que tal proceder es aplicable a los cargos de libre nombramiento y remoción, más no así en relación a los empleos de carrera en...
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