SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 64193 del 09-02-2016 - Jurisprudencia - VLEX 873954980

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 64193 del 09-02-2016

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 64193
Fecha09 Febrero 2016
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL1597-2016

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

Magistrado Ponente


STL1597-2016

Radicación n° 64193

Acta 04


Bogotá, D. C., nueve (9) de febrero de dos mil dieciséis (2016).


Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por INOCENCIO GRANJA CASTRO, a nombre propio y en representación de SANTIAGO SARDIT CHAMAT contra el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI, la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI y la SALA ÚNICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN ANDRÉS Y PROVIDENCIA.


  1. ANTECEDENTES


SANTIAGO SARDIT CHAMAT, instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia, y a la defensa presuntamente vulnerados por el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI, la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI y la SALA ÚNICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN ANDRÉS Y PROVIDENCIA.


Refirió el accionante que el 3 de septiembre de 2002, los Señores R.S.C., S.S.C. y la Señora C.S.C., impetraron Demanda Abreviada en contra de la Sociedad «ROCASA INTERNACIONAL TRADING», en la cual el accionante junto a sus hermanos poseen una cuota accionaria equivalente al 33.28%, representada en $11.150.000,00; que dadas las actividades profesionales que ejercían, debían estar fuera del país, por lo que le confirieron poder general al señor R.S. de Lima, para que este los representara y pudiera «actuar en nombre y representación en la totalidad de los negocios, dentro de lo cual podría vender, comprar bienes raíces y muebles en sus nombres, constituir sobre ellos gravámenes, darlos en garantía, rematar bienes, que por ministerio de la ley estuvieran ofrecidos al público mediante esa modalidad”»


Conforme a lo anterior, el señor apoderado haciendo uso de sus facultades, suscribió «contrato de Prenda con Tenencia Abierta, Usufructo de Acciones, Anticresis sobre Acciones y Mandato con la SOCIEDAD Ingeniería Financiera S.A. – INGEFIN S.A. (hoy INVESTO S.A.S – en liquidación - » ; en el cual se dio

en garantía a favor de las sociedades referenciadas las acciones de su propiedad, otorgándole así, facultades a INGEFIN S.A. para representar a los accionistas en la Asamblea General de Accionistas y en la Junta Directiva de la Sociedad Rocasa...

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