SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 48610 del 11-10-2017 - Jurisprudencia - VLEX 873957370

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 48610 del 11-10-2017

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de sentenciaSTL17251-2017
Fecha11 Octubre 2017
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 48610



GERARDO BOTERO ZULUAGA

Magistrado ponente



STL17251-2017

Radicación n.°48610

Acta No. 37



Bogotá, D.C., once (11) de octubre de dos mil diecisiete (2017).



Procede la Corte a resolver en primera instancia, la acción de tutela instaurada por VÍCTOR ABEL ROJAS GARCÍA quien actúa en nombre propio, en contra de la SALA TERCERA DE DECISIÓN LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN trámite al cual se vinculó al JUZGADO DIECINUEVE LABORAL de la misma localidad y a la SOCIEDAD DE APOYO AERONÁUTICO LASA S.A.





  1. ANTECEDENTES



El señor V.A.R.G. depreca la protección de sus derechos fundamentales «de asociación, al trabajo, al mínimo vital, a la seguridad social, a la libertad sindical y al respeto vinculante de los convenios internacionales», presuntamente vulnerado por la accionada.



Señala que se afilió al sindicato Sinditra el 30 de noviembre de 2012, desempeñando el cargo de auxiliar de conductor; que la empresa L. radicó demanda laboral ante el Juzgado 19 Laboral de Medellín, contra el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria del transporte Aéreo SINDITRA, aduciendo que es contraria a la ley la «(…) afiliación de unos trabajadores de una empresa de servicios, de apoyo comercial, de administración de establecimientos de comercio como lo es LASA S.A a un sindicato del transporte aéreo como lo es SINDITRA; que el precitado Juzgado declaró que era procedente «(…) la afiliación de los trabajadores de la sociedad LASA S.A al sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria del Transporte Aéreo SINDITRA (…)».



El accionante, cuestiona la sentencia proferida el 30 de marzo del año que transcurre, por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín, al revocar el fallo de primera instancia y declarar improcedente la afiliación de los trabajadores a la Sociedad “LASA S.A” al sindicato


Nacional de trabajadores de la Industria de Transporte aéreo «SINSITRA», bajo el argumento de que «la empresa LASA no podía ser considerada del sector aéreo pues su objeto social es muy amplio (…) con el agravante que en consecuencia en las empresas que tengan objeto social amplio sus trabajadores quedarían excluidos de afiliarse a una organización sindical de industria lo cual es inconstitucional»; que el 31 de marzo de la misma calenda, dicha sociedad termina el contrato laboral de manera unilateral, sin mediar justa causa y después de 15 años de servicio, procediendo al pago de la indemnización; aduce que desde el 2016, se afilió igualmente al sindicato de trabajadores del Transporte Aéreo Colombiano «SINTRATAC» y LASA le realizaba los descuentos estatutarios de dicho sindicato.



Así mismo, señala el quejoso que en primera instancia se indicó que “los trabajadores de LASA, se asimilan a trabajadores al...

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