SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 53790 del 28-11-2018 - Jurisprudencia - VLEX 873958463

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 53790 del 28-11-2018

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de sentenciaSTL15450-2018
Fecha28 Noviembre 2018
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 53790


RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

Magistrado ponente



STL15450-2018


Radicación n.° 53790

Acta n.° 45



Bogotá, D. C., veintiocho (28) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).


La Sala resuelve la acción de tutela que instauró MARÍA MERCEDES MONTOYA LOAIZA, por intermedio de apoderado judicial, contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE ANTIOQUIA y el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE APARTADÓ.



I. ANTECEDENTES


María Mercedes Montoya Loaiza promovió el mecanismo constitucional que ocupa la atención de la Sala, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, al trabajo en condiciones dignas y justas y a la igualdad, los cuales, en su parecer, le fueron transgredidos por las autoridades judiciales accionadas, durante el trámite del proceso ejecutivo laboral número 05045310500220180024900, en el que obra como ejecutante.


Adujo, para respaldar su solicitud de protección constitucional, que el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Apartadó, mediante sentencia de fecha 16 de mayo de 2017, condenó a la E.S.E. Hospital La Anunciación de Mutatá a pagarle algunas acreencias laborales; que dicha sentencia fue confirmada íntegramente por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Antioquia, mediante proveído de 23 de julio de 2017; que la referida entidad hospitalaria no le pagó las sumas contenidas en las decisiones anteriores, razón por la cual promovió en su contra una demanda ejecutiva laboral, encaminada a obtener el cobro coercitivo de dichos conceptos, más los respectivos intereses moratorios; que, no obstante, el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Mutatá libró mandamiento ejecutivo, el 4 de julio de 2018, únicamente por el valor de las acreencias adeudadas y no por la suma correspondiente a los intereses solicitados; que, inconforme con la decisión del a quo, presentó recurso de apelación y solicitó que se librara orden ejecutiva a su favor, también por concepto de los citados intereses; que, sin embargo, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Antioquia, mediante auto de fecha 17 de agosto de 2018, resolvió confirmar la decisión del juzgado.


Manifestó que las autoridades judiciales accionadas, al negarle unívocamente los intereses moratorios que solicitó, vulneraron sus derechos fundamentales, al tiempo que transgredieron lo decidido por la Corte Constitucional en la sentencia CC T-531-1999.


Imploró, entonces, que se...

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