SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 65741 del 04-04-2013 - Jurisprudencia - VLEX 873962167

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 65741 del 04-04-2013

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA / MODIFICA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Neiva
EmisorSala de Casación Penal
Fecha04 Abril 2013
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 65741


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

-SALA DE DECISIÓN EN TUTELA-


Magistrado Ponente

Luis Guillermo S.zar Otero

Aprobado Acta No. 98

Bogotá, D.C., cuatro (4) de abril de dos mil trece (2013).

ASUNTO


Procede la S. a resolver la impugnación interpuesta contra el fallo del 19 de febrero de 2013 proferido por la S. Penal del Tribunal Superior de Bogotá, por cuyo medio tuteló los derechos fundamentales de libertad de cultos y acceso a la administración de justicia de JUAN DE J.P.P., dentro del trámite constitucional adelantado contra la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Bogotá- Cundinamarca y el Juzgado 21 Penal del Circuito de la capital.



1. ANTECEDENTES


Fueron reseñados en el fallo de primera instancia así1:


1.1. Desde el año de 1991, L.P.R., hijo del actor se encuentra sepultado en el cementerio Jardines de Paz, habiendo perdido su vida por causa violenta. Dado que a su padre JUAN DE JESÚS PAIBA MORENO, le es necesario retirar del lote los restos de quien fuera su descendiente, eleva a mediados del año 2012 solicitud de autorización de exhumación del cadáver.


1.2. A lo anterior, contesta el citado camposanto, que al haber sido violenta la causa de muerte de su descendiente, el accionante debe contar con autorización para proceder a su pretensión conforme lo indica la Resolución 5194 de 2010, del Ministerio de la Protección Social.


1.3. Por esto, al dirigirse a la Oficina de Apoyo Judicial de Paloquemao, le fue informado al demandante, que dicho proceso reposaba en el Archivo Central de la Dirección Seccional Ejecutiva de Administración Judicial.

1.4. Una vez realizada la búsqueda en el referido Archivo, se determina que el radicado de la causal es el No. 1991-5471; que, mediante oficio de agosto 22 de 2012, la Coordinadora del Archivo Central, al evidenciar que el expediente de la causa referida se encontraba extraviado, procedió a elevar la correspondiente denuncia.


1.5. Así, decide el actor dirigirse nuevamente a la Oficina de Apoyo Judicial, con el fin de que se sometiera a reparto su solicitud de autorización para la exhumación de los restos de su familiar, correspondiendo pronunciarse sobre la misma al Juzgado 21 Penal del Circuito de Bogotá, que mediante providencia del 25 de enero pasado, negó la petición al considerar que debe realizarse la reconstrucción del expediente, para poder pronunciarse al respecto.


1.5. Por todo lo anterior, solicita el accionante le sean amparados sus derechos fundamentales de petición, libertad de culto y debido proceso, y en consecuencia, se ordene al Juzgado 21 Penal del Circuito o a quien corresponda, que mediante proveído judicial autorice la exhumación y cremación de los restos óseos de L.P.M.. Así también, se ordene al Archivo Central proceda con la reconstrucción del expediente, ya que el mismo reposaba en sus dependencias.”

2. RESPUESTAS DE LOS ACCIONADOS


1. La Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial, indico:


1.1. El Archivo Central de la Dirección procedió a realizar las pesquisas del caso con el objeto de localizar el proceso penal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR