SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 64004 del 22-11-2012 - Jurisprudencia - VLEX 873967587

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 64004 del 22-11-2012

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Barranquilla
EmisorSala de Casación Penal
Fecha22 Noviembre 2012
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 64004
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Tutela Impugnación: 64.004

ALEJO V.S.


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS




MAGISTRADO PONENTE

LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO

APROBADO ACTA Nº. 427-


Bogotá, D.C., veintidós (22) de noviembre de dos mil doce (2012).



ASUNTO


Se resuelve la impugnación presentada por la representante legal suplente de la Cooperativa de Progreso Solidario C.L..1 contra la sentencia proferida el 2 de octubre de 2012, mediante la cual la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla concedió la tutela interpuesta por A.V.S., ante la vulneración de los derechos al mínimo vital, dignidad humana e igualdad.


ANTECEDENTES


1 Fundamentos de la acción


ALEJO V.S. refirió que tiene una asignación pensional de $ 1.212.675 por parte del Ministerio de Defensa Nacional, pero sólo está recibiendo $ 126.924, toda vez que hacen descuentos por créditos bancarios y cooperativos, los que termina de cancelar en los años 2013, 2014, 2016 y 2018.


Indicó que el 10 de julio de 2012 presentó derecho de petición ante el Ministerio solicitando que las cuotas sólo le fueran descontadas del 50% de su mesada.


Mediante oficio No OFI12-72841 MDSGDAGPS-1.10 del 2 de agosto siguiente2, la Coordinadora del Grupo de Prestaciones Sociales le comunicó que las deducciones realizadas de su pensión corresponden a deudas que él adquirió y autorizó, por lo que es su responsabilidad cumplir con los compromisos adquiridos. Asimismo, las entidades financieras o cooperativas son las que tienen la facultad de modificarlas o suspenderlas.


VALERA SUÁREZ presentó acción de tutela contra el Ministerio de Defensa, por la presunta vulneración de sus derechos al mínimo vital, dignidad humana e igualdad, por cuanto le están descontando más del 50% de su mesada pensional y ello ha afectado su calidad de vida, comoquiera que tiene personas a cargo.


Precisó que no pretende evadir su responsabilidad, lo que busca es que se le respete el 50 % de su mesada para poder satisfacer sus necesidades básicas y las de su esposa.


2. Las respuestas


2.1.- Cooperativa Coomuligest


El representante legal señaló que el actor adquirió de manera consciente y voluntaria su crédito. Además su experiencia de vida le permite tener un mejor juicio para definir qué es lo que debe hacer y cómo organizar sus compromisos financieros.


Indicó que el interesado ya cumplió con la tarea de criar a sus hijos, por lo que no puede excusarse en ellos para sustraerse de sus obligaciones.


Precisó que es una práctica común de los pensionados adquirir responsabilidades, comprometiendo el sustento de su hogar y posteriormente recurrir a la de tutela buscando evadir sus compromisos comerciales.


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