SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 92650 del 06-07-2017 - Jurisprudencia - VLEX 873972194

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 92650 del 06-07-2017

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha06 Julio 2017
Número de expedienteT 92650
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Montería
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP9829-2017



Eyder Patiño Cabrera

Magistrado Ponente



STP9829-2017

Radicación n. ° 92650

Acta 215



Bogotá, D. C., seis (06) de julio de dos mil diecisiete (2017).


ASUNTO



Se resuelve la impugnación presentada por el Jefe Administrativo del Área de Sanidad del Departamento de Córdoba de la Policía Nacional, frente a la sentencia proferida el 24 de mayo de 2017 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Montería, mediante la cual amparó los derechos a la salud y a la dignidad humana invocados por Mary Luz Jiménez Pérez, en representación de su hijo S.R.J.


ANTECEDENTES


Hechos y fundamentos de la acción


Fueron relatados por el A quo de la siguiente manera:


(…) Manifiesta la accionante, que a su hijo de 5 años de edad le fue diagnosticado M. clase II Esqueletiva, por lo que su médico tratante le ordenó valoración por Odontopediatria, ya que el pequeño tiene el maxilar inferior retraído (mentón pequeño), de forma, que fue el galeno respectivo le ordenó tratamiento de ortopedia maxilar con una placas H. superior con tornillos de expansión.


Indica que el 08 de febrero del presente año se dirigió hasta le entidad accionada, a fin de diligenciar el formato de solicitud de procedimiento NO POS ante el comité técnico científico, así mismo, asegura que el 10 de abril hogaño presentó derecho de petición solicitando la autorización del tratamiento aludido, pero no obtuvo respuesta alguna.


Por último, manifiesta que su pequeño no tiene el tratamiento prescrito, lo cual en su sentir afecta su salud dado que no puede abrir bien la boca, respira con dificultad, aunado al hecho que el tratamiento sería más efectivo a su corta edad, que con el paso del tiempo.



LA SENTENCIA IMPUGNADA


La Penal del Tribunal Superior de Montería amparó los derechos fundamentales a la salud y a la dignidad humana de S.R.J., tras advertir que la falta del procedimiento requerido por el menor ha afectado notablemente su salud, al punto que durante varias intervenciones clínicas los médicos tratantes han ordenado la valoración por la especialidad de Odontopediatria y su progenitora refiere que por su patología el pequeño no puede cerrar bien la boca y respirar.


Resaltó que no se puede perder de vista la condición de sujeto de especial protección del accionante, quien tiene tan solo 5 años de edad y merece el amparo de todas las garantías que le asisten, y no puede soportar la negativa de la entidad accionada que se limita a brindarle un servicio solo porque el mismo se encuentra excluido del Plan Obligatorio de Salud (POS), desconociendo que la Corte Constitucional (sentencia CC T-712/10) ha establecido que la acción de tutela es procedente para ordenar ese tipo de tratamientos sin consideración a que los servicios que se requieran se encuentran o no incluidos en el POS.


En consecuencia ordenó:


(…) a DIRECCIÓN DE SANIDAD DE CÓRDOBA DE LA POLICÍA NACIONAL, (sic) aún no lo ha hecho proceda a brindarle al menor [S.R.J.] en una entidad de su red contratante el tratamiento de ortopedia maxilar con unas placas H. superior con tornillos de expansión ordenada por su médico tratante desde el mes de enero de 2017.


LA IMPUGNACIÓN


El Jefe Administrativo del Área de Sanidad el Departamento de Córdoba de la Policía Nacional, señaló que el tratamiento de ortopedia maxilar, con placas de H. superior con tornillos de extensión y terapias no se encuentra dentro del Plan Obligatorio de Salud, razón por la que la parte accionante solicitó su respectiva autorización ante el Comité Técnico Científico, el que negó su pretensión debido a que tal procedimiento está...

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