SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 27597 del 16-03-2010 - Jurisprudencia - VLEX 873978769

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 27597 del 16-03-2010

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Cali
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha16 Marzo 2010
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 27597
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



Magistrado Ponente: G.J.G. MENDOZA

Radicación No. 27597

Acta No. 08

Bogotá D.C., dieciséis (16) de marzo de dos mil diez (2010).


Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por Javer Sayack Perlaza Fernández contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, el 3 de febrero de 2010, dentro de la acción de tutela que promovió contra el Ejército Nacional de Colombia - Dirección de Reclutamiento y Control de Reservas.


I. ANTECEDENTES


El joven J.S.P.F. instauró acción de tutela contra el Ejército Nacional de Colombia - Dirección de Reclutamiento y Control de Reservas, con el fin de obtener la protección de su derecho fundamental al trabajo, presuntamente vulnerado, con base en los hechos que se resumen a continuación:


Adujo que el día 25 de febrero de 2009 se presentó al Distrito Militar No. 17 en la ciudad de Cali, siendo atendido por el C.J.G.M., quien le “ordenó” inscribirse ese día para que se “presentara el 28 de julio de ese mismo año que era la fecha fijada para la incorporación de bachilleres porque en el mes de febrero estaban incorporando personal singular”; que se presentó en la fecha indicada por el mencionado capitán y previo examen médico-sicológico, resultó no apto, razón por la cual le hicieron firmar “una junta de remisos” para presentarse en el mes de agosto para reclamar el recibo de la libreta.


Manifestó que debido a unas fallas en el sistema, salió remiso porque supuestamente se presentó el 10 de febrero y la fecha de incorporación era el 17 de ese mismo mes, afirmación que es falsa, pues se inscribió el 25 de febrero, al día siguiente de la expedición de la declaración extrajuicio de fecha 24 de febrero, en la cual informó que era una persona sola y no tenía familia en Colombia, la cual lo “haría no apto para el ejército”.


Insiste que la calidad de remiso que alega la entidad accionada es falsa, como se evidencia en los hechos y prueba que anexo (copia de la declaración extra juicio y copia del recibo que para la libreta militar me dieron una vez fui declarado no apto)”.


Allegó también copia del recibo que le dieron como remiso, cobrándole una multa de más de un millón de pesos y que no tiene recursos para cancelarla; que todas estas “contradicciones han hecho de que hoy día no pueda” tener su libreta militar.


Al hacer uso de esta acción, pretende no sólo que se le proteja el derecho fundamental al trabajo, cuya vulneración queda expuesta en los términos anteriores, sino que pide que se conmine a la entidad accionada, para que “dentro de un término perentorio” se sirva expedirle la libreta militar, la cual necesita “como exigencia para entrar a trabajar a cualquier empresa, tal como es de público conocimiento respecto de este documento”.


La Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de...

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