SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 53149 del 09-04-2014 - Jurisprudencia - VLEX 873984030

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 53149 del 09-04-2014

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria
Fecha09 Abril 2014
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 53149
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL4708-2014
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia


Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL


RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

Magistrado Ponente

STL4708-2014

Radicación n° 53149

Acta 12


Bogotá D.C., nueve (9) de abril de dos mil catorce (2014)


Se decide la impugnación interpuesta por M.C.R.L. frente al fallo proferido, el 13 de diciembre de 2013, por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, dentro de la acción de tutela que promovió contra la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio y el Juzgado Primero de Familia de la misma ciudad.


ANTECEDENTES


Expuso la accionante, que le fue vulnerado su derecho fundamental al debido proceso dentro de la acción de separación de bienes y liquidación conyugal que promovió en contra de Héctor Yesid S..

Sostuvo, que inició el proceso de separación de bienes en razón a la infidelidad de su esposo H.Y.S., nueve años después de haber contraído matrimonio; que desde el 11 de marzo de 1993, antes de contraer matrimonio, ya habían convivido como marido y mujer; que durante la unión marital de hecho, el 31 de marzo de 1995, adquirieron un inmueble ubicado en Villavicencio a nombre del señor S., para lo cual también aportó dinero su progenitora; que, de igual forma, en diciembre de 1997, habían adquirido un vehículo automotor a nombre de los dos; que después del matrimonio, en septiembre de 2004, a través de un contrato de leasing con GMC Financiera, habían adquirido un vehículo, el cual terminaron de pagar en el año 2010; que el señor S., mediante operaciones fraudulentas, vendió a un primo el vehículo comprado a través del leasing; que dicha venta se hizo cuando la liquidación de la sociedad conyugal estaba en trámite; que instauró un proceso para que se declarara la existencia y disolución de la unión marital de hecho, a fin de que el predio donde habita con sus hijas, quedara incluido dentro de los bienes maritales; que en primera instancia esa demanda se resolvió a su favor y el Tribunal revocó la decisión sin tomar en cuenta los testimonios y demás pruebas aportadas, quedando los bienes adquiridos durante la unión marital por fuera de la liquidación de la sociedad conyugal; que el inmueble quedó como propiedad de su ex esposo, al igual que las mejoras que se le hicieron y que incidieron en su valorización; que pese a que objetó el inventario y avalúo de bienes, no prosperó la objeción y aunque en el escrito de apelación le solicitó al Tribunal que examinara las posibles nulidades que existieran en el proceso aquél no efectuó pronunciamiento alguno al respecto.


Solicitó ordenar al Tribunal modificar el auto del 2 de septiembre de 2013 y, en consecuencia, “reorientar el proceso sin que los requisitos técnicos o exegéticos lleguen a vulnerar los derechos de la (…) cónyuge (…) examinar las posibles nulidades que no han sido atendidas dentro del trámite procesal o las de oficio que considere pertinentes (…).”


El día 2 de diciembre de 2013 la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia admitió la tutela y vinculó a todos los terceros que fueron parte en el proceso judicial que generó la acción.


El Tribunal manifestó que,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR