SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 70851 del 12-07-2017 - Jurisprudencia - VLEX 873986230

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 70851 del 12-07-2017

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de sentenciaSTL10705-2017
Número de expedienteT 70851
Tribunal de OrigenTRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE SANTA MARTA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha12 Julio 2017
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA





CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

Magistrada ponente


STL10705-2017

Radicación n° 70851

Acta 25


Bogotá, D. C., doce (12) de julio de dos mil diecisiete (2017).


La Sala resuelve la impugnación interpuesta por RICARDO ENRÍQUE PALACIO MELO contra la sentencia proferida el 22 de marzo de 2017 por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA, dentro de la acción de tutela que el recurrente y LUIS GUILLERMO CANCHANO MUÑOZ adelantan contra la SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA - UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN DE CARRERA JUDICIAL, trámite al cual fueron vinculados DIANA PATRICIA PÁEZ HERNÁNDEZ, H.B.B., L.G.I. y el CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DE MAGDALENA, así como los participantes en el concurso de méritos convocado mediante Acuerdo no. CSJMAG-SA-065 del 28 de noviembre de 2013, para proveer cargos de oficial mayor o sustanciador de los juzgados del circuito y/o equivalentes.


  1. ANTECEDENTES


RICARDO ENRIQUE PALACIO MELO y LUIS GUILLERMO CANCHANO MUÑOZ instauraron acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO y al que denominaron «ACCESO AL DESEMPEÑO DE FUNCIONES Y CARGOS PÚBLICOS», presuntamente vulnerados por las autoridades convocadas.


Refirieron que el Consejo Seccional de la Judicatura del M. mediante Acuerdo no. CSJMAG-SA-065 de 28 de noviembre de 2013, convocó al concurso de méritos para desempeñar los cargos de «oficial mayor o Sustanciador de Juzgado del Circuito y/o equivalentes». Señalaron que se inscribieron a dicho proceso de selección, donde presentaron y aprobaron la prueba de conocimiento correspondiente.


Expusieron que en dicho trámite fueron excluidos varios participantes que no acreditaron los requisitos contemplados en las normas establecidas por el Consejo Seccional de la Judicatura del Magdalena -Sala Administrativa para tales efectos, quienes instauraron recursos de reposición y, en subsidio, apelación, situación que paralizó «la conformación de los registros de elegibles para la provisión de los cargos de empleados de carrera de Tribunales, Juzgados y Centro de Servicios».


Indicaron que los recursos de reposición fueron resueltos de manera negativa, por tanto, se remitieron al Consejo Superior de la Judicatura para surtir la alzada; sin embargo, afirman que a la fecha no han sido resueltos.


Agregaron que a pesar de no haber interpuesto recurso alguno, «la demora» afecta sus...

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