SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 75093 del 13-09-2017 - Jurisprudencia - VLEX 873988578

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 75093 del 13-09-2017

Sentido del falloMODIFICA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha13 Septiembre 2017
Número de expedienteT 75093
Tribunal de OrigenTRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE IBAGUÉ
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL15135-2017


GERARDO BOTERO ZULUAGA

Magistrado Ponente


STL15135-2017 Radicación no 75093

Acta nº 33


Bogotá, D.C., trece (13) de septiembre de dos mil diecisiete (2017).


Decide la Corte la impugnación interpuesta por la DIRECCIÓN DE SANIDAD DE LA POLICÍA NACIONAL contra la sentencia del 25 de julio de 2017, proferida por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO DE IBAGUÉ, dentro de la acción de tutela que inició LINA MARITZA RODRÍGUEZ CRUZ contra la entidad recurrente.


  1. ANTECEDENTES


El accionante, reclamó la protección de sus derechos a la vida, salud y seguridad social, los cuales considera vulnerados por la autoridad accionada.


En lo que interesa al escrito de tutela, informó que se encuentra afiliada como beneficiaria en el Subsistema de Sanidad de la Policía Nacional; que en la actualidad padece de obesidad mórbida y demás enfermedades conexas, razón por la cual el día 20 de Junio de 2017, el médico tratante ordenó la práctica de la cirugía bariátrica denominada gastrectomía vertical en manga gástrica; que sin embargo la misma no ha sido realizada por la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional, pues requiere que se realice el procedimiento quirúrgico en la ciudad de Bogotá, ante lo cual la accionante manifiesta carecer de recursos para el mismo.


  1. TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA


Mediante proveído del 11 de julio de 2017, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito de Ibagué, admitió la acción de tutela, ordenó enterar a las partes, y correr el traslado de rigor.


Dentro del término de traslado, se pronunció el Jefe de Área de Sanidad del Tolima, quien se opuso a las pretensiones, pero no indicó los procedimientos que se han iniciado para realizar la cirugía ordenada.


Surtido el trámite de rigor, la Sala cognoscente de este asunto constitucional en primer grado, mediante sentencia del 25 de Julio de 2017, tuteló los derechos constitucionales invocados y ordenó a la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional y al Jefe de Área de Sanidad del Tolima, a que en el término de 48 horas siguientes a la notificación «autoricen y ejecuten la práctica de la cirugía bariátrica tipo manga gástrica por laparoscopia, que conforme a la formula médica, requiere la señora Lina Maritza RODRÍGUEZ»


III. IMPUGNACIÓN


Inconforme con la anterior decisión, la accionante la impugnó a través de escrito visible a folios 90-98, del cuaderno de tutela, en el cual resalta su inconformidad con el fallo...

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