SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 79739 del 04-06-2015 - Jurisprudencia - VLEX 873996888

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 79739 del 04-06-2015

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha04 Junio 2015
Número de expedienteT 79739
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Buga
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP7120-2015
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia


Corte Suprema de Justicia


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No. 2


FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO

MAGISTRADO PONENTE



STP7120-2015

Radicación No. 79739

Acta No. 199



Bogotá, D.C., junio cuatro (04) de dos mil quince (2015).


  1. VISTOS:


Se pronuncia la Sala sobre la impugnación interpuesta por el ciudadano JULIO R.D., contra la sentencia proferida el 14 de abril del año en curso por una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, a través de la cual negó el amparo de los derechos fundamentales a la dignidad humana e igualdad, presuntamente vulnerados por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural – INCODER.


  1. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


JULIO R.D., alegando la calidad de campesino desplazado por la violencia, acudió al Juez de tutela para que previo el agotamiento del procedimiento establecido en el Decreto 2591 de 1991, le protegiera los derechos fundamentales a la dignidad humana e igualdad, los cuales consideró estaban siendo transgredidos, si se tenía en cuenta que cumplía con las exigencias previstas en la ley para que se le concediera “el subsidio para compra de tierras y proyecto productivo”.


De otra parte puso de presente que a través de un derecho de petición recurrió al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, y allí le informaron que: “según los requisitos el Programa SIDRA -no- somos susceptibles de ser aspirante a este programa, marginándonos y volviéndonos más víctimas por el Estado”.


A la demanda de tutela no se anexó elemento de juicio alguno que acreditara la condición alegada ni constancia alguna de haber acudido a la entidad referenciada.

2. TRÁMITE DE LA ACCIÓN:


1. Una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga admitió la demanda y ordenó correr traslado de la misma al Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural y al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural -INCODER-, y vinculó a los terceros que pudieran verse afectados con la decisión que pusiera fin al amparo solicitado por JULIO R.D..


2. El Coordinador del Grupo de Procesos Judiciales de la Cartera Ministerial referenciada, puso de presente que como la pretensión del demandante se relacionaba con la exigencia de la aplicación del Acuerdo 310 de 2013, expedido por el Consejo Directivo del INCODER, para que se le otorgara un Subsidio Integral Directo de Reforma Agraria (SIDRA), y el correspondiente proyecto productivo que contribuya a mejorar sus condiciones de vida, no tenía competencia asignada por la ley para adoptar decisiones en ese trámite.


3. El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Departamento para la Prosperidad Social, solicitó fuera desvinculado del presente trámite porque revisado el Sistema de Gestión Documental no encontró petición alguna elevada por el aquí accionante.


4. Por su parte, el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural -INCODER-, solicitó se declarara improcedente la acción de tutela, porque en cuanto a la solicitud de Subsidio Integral de Tierra:


La Dirección Técnica de Convocatorias, informa mediante correo electrónico, el cual anexo al presente, que en el marco de las funciones misionales establecidas en el Decreto 3579 de 2009 y revisando la base de datos de consulta de la Subgerencia de Gestión y Desarrollo Productivo JULIO R.D., identificado (a) con la C.C. Nº 6.195.177, a la fecha no se encuentra registrado como aspirante ni como beneficiario de ninguna de las Convocatorias Públicas para el otorgamiento del Subsidio Integral de Tierras de las vigencias 2008 a 2011, ni de proyecto productivo:


En cuanto al programa SIDRA, son tres las situaciones en que se puede aplicar, así:

1. Se otorga cuando se haya sido aspirante en la Convocatoria 2011 y se haya superado la etapa ‘FASE II A’, pero no haya logrado la adjudicación del subsidio.

2. Se otorga cuando...

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