SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 75304 del 04-09-2014
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de expediente | T 75304 |
Número de sentencia | STP12079-2014 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Santa Rosa de Viterbo |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Fecha | 04 Septiembre 2014 |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1
LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO
MAGISTRADO PONENTE
STP12079-2014
Radicación n° 75304
Acta No. 289
Bogotá, D.C., cuatro (4) de septiembre de dos mil catorce (2014)
ASUNTO
Procede la Sala a resolver la impugnación interpuesta por ANDRÉS FELIPE SANCLEMENTE NAVIA, contra el fallo del 23 de julio de 2014 proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de S.R. de Viterbo, mediante el cual negó por improcedente la acción de tutela que elevara en contra del Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la misma ciudad, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y libertad.
1. ANTECEDENTES
Fueron reseñados por el a quo en su fallo en los siguientes términos:
“Manifiesta el Accionante que desde el 14 de julio de 2009 el Juzgado 12 Penal Municipal de conocimiento lo condenó por el delito de Hurto Calificado y otro, a 75 meses de prisión intramuros. Lo trasladaron a la Cárcel el Diamante de G., donde fue apuñalado y luego encerrado y aislado por 6 meses en una celda del mismo lugar.
En diversas ocasiones ha solicitado el traslado a los penales de Cali para estar cerca a sus padres, abuelos, hermanos e hijas de 7 y 9 años de edad, sin embargo fue trasladado a la Cárcel “las heliconias” de Caquetá, donde refiere haber soportado maltratos físicos por parte de la guardia penitenciaria y como consecuencia de ver ahorcado a un amigo, vecino de su celda, que al parecer no soportó los castigos y maltratos de la guardia penitenciaria sufrió un delirio traumático; encontrándose a la fecha tomando drogas psiquiátricas, pero aduce que e (sic) necesario que su familia lo interne en un centro especializado para no empeorar.
Refiere que posteriormente fue trasladado a la cárcel de “la plata” en el Huila, solicitando por escrito el traslado a la Cárcel “Villahermosa” de Cali, Palmira o Jamundí, con el fin de terminar de pagar su condena cerca a su familia, pero fue trasladado para S.R. de Viterbo – Boyacá, que es donde actualmente se encuentra.
Ante la imposibilidad de contratar a un abogado debido a la falta de medios económicos de su familia, en el mes de septiembre del año 2013 su madre E.F.N. solicitó desde Cali a la Defensoría Pública de Tunja la designación de un abogado para que tramite su libertad condicional por haber cumplido las 3/5 partes de la pena, ante lo cual, la Dra. BERTHA INES TELLO FIGUEREDO, encargada del programa 1542 le informó a su madre la designación del Dr. D.A.H.O., de quien, refiere, no conoce ni su firma.
Ante la falta de un abogado y la presunta...
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