SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 83848 del 11-02-2016
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | STP1672-2016 |
Número de expediente | T 83848 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bogotá |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Fecha | 11 Febrero 2016 |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 1
Eyder Patiño Cabrera
Magistrado Ponente
STP1672-2016
Radicación N° 83.848
(Aprobado acta N° 35)
Bogotá, D. C., once (11) de febrero de dos mil dieciséis (2016).
Se decide la impugnación formulada por C. A. S. A., frente a la decisión proferida el 11 de diciembre de 2015 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, por cuyo medio negó la tutela interpuesta contra la Fiscalía 171 Seccional de esta ciudad, el Centro Zonal del ICBF Bosa y la Comisaria 7ª de Familia de Bosa.
HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
Fueron narrados por el Tribunal en los siguientes términos:
(…) Manifiesta el accionante que es padre de la menor XXX, de cuatro años de edad, quien convive con la progenitora desde el año 2013 cuando los padres se separaron; sin embargo, desde esa época el señor C. A. S. ha sido privado de sus derechos como padre de la menor, toda vez que su excompañera sentimental y la familia de esta le han impedido ver y tratar a la infante.
Afirma que ha acudido a diferentes instituciones con el fin de obtener el restablecimiento de los derechos de la niña, lograr conocer su paradero y las condiciones en que se encuentra, ya que la madre de la menor se ha ocupado en ocultarla y las pocas veces que ha logrado compartir con la menor, ha tenido que buscarla en diferentes ciudades del país donde residen familiares maternos, advirtiendo que su hija no cuenta con óptimos cuidados, estuvo gravemente enferma y hospitalizada e inclusive en una de esas oportunidades el actor tuvo que solicitar el apoyo de la Policía para que los abuelos maternos le permitieran verla y logró observar que presentaba señales de maltrato físico, lo que ameritó que la valoraran en el Instituto de Medicina Legal.
Atendiendo esa situación, logró tener temporalmente a la niña residiendo con él, pero un día la madre la recogió del colegio y se la llevó para otro departamento sin su autorización y sin tener conocimiento alguno de su lugar de domicilio desde julio de 2014, por lo que teme lo peor frente a la vida de la niña, como quiera que la madre no le ha permitido comunicación alguna y tampoco ha querido reclamar las cuotas de alimentos fijadas al momento de la separación de la pareja.
Expone que ha acudido al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a...
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